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Varios coches circulan por una autovía española. E.P.
La DGT tendrá que devolver puntos a algunos conductores. Este es el motivo

La DGT tendrá que devolver puntos a algunos conductores. Este es el motivo

La Dirección General de Tráfico (DGT) deberá devolver los puntos detraídos del carnet a los conductores cuando una sanción económica que conlleve una pérdida de los mismos sea anulada por Hacienda

Lunes, 27 de febrero 2023, 17:18

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La Dirección General de Tráfico (DGT) deberá devolver los puntos detraídos del carnet a los conductores cuando una sanción económica que conlleve una pérdida de los mismos sea anulada por Hacienda, ha defendido la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA) tras una reciente sentencia del Juzgado de los Contencioso Administrativo número 2 de Burgos.

La resolución judicial, a la que ha tenido acceso Europa Press y dictada a comienzos de este mes, condena a la DGT a devolver el carnet y los puntos retirados a un camionero al que previamente el Tribunal Económico-Administrativo regional de Castilla y León (dependiente del Ministerio de Hacienda) le había anulado la parte económica de las sanciones que le habían impuesto al considerar que no habían sido correctamente notificadas debido a que se remitieron a un domicilio distinto al de la persona afectada.

De este modo, en la sentencia se argumenta que el Tribunal Económico-Administrativo regional “solo puede resolver aquello que le compete”, es decir, sobre la parte económica de la sanción.

No obstante, argumenta que “si un órgano del Estado ha considerado que la notificación realizada en ese expediente no estaba correctamente hecha y que, por tanto, ello afectaba a la propia ejecutividad de la sanción, y por más que efectivamente no pudiera pronunciarse sobre la detracción de puntos, se estima que no pueden llevar recorridos distintos, pues la resolución sancionadora es única y no podría entenderse no notificada para una cosa y sí para la otra”.

“Sería contrario al principio constitucional de seguridad jurídica el que para dos órganos del Estado (en este caso, por un lado la Jefatura de Tráfico y por otro el Tribunal Económico-Administrativo regional) unos hechos existieran y a la vez no existieran”, matiza la resolución judicial.

En ese sentido, la AEA ha lamentado que desde la implementación en 2006 del permiso de conducir por puntos la DGT “se ha negado sistemáticamente” a devolver los puntos “indebidamente detraídos” por “multas mal tramitadas y anuladas por los servicios económicos de Hacienda” al no reconocer a estos órganos de la Administración “facultades revisoras de su competencia sancionadora, provocando con ello daños irreparables a miles de conductores españoles”.

Así, el presidente de la AEA, Mario Arnaldo, ha defendido que “no puede ser” que Hacienda anule la parte económica de una multa y, sin embargo, la DGT mantenga la detracción de los puntos.

“Esta sentencia supone un importantísimo precedente jurídico (...) A partir de este éxito jurídico obtenido por nuestra asociación si una multa no está bien notificada no solo hay que anular la parte económica de la sanción, sino también la ‘mochilita de puntos’ que la acompaña, utilizando las palabras del señor Pere Navarro, que fue el director general de Tráfico que puso en marcha el permiso por puntos”, ha agregado Arnaldo.

En esa línea, la AEA ha señalado que, según sus datos, el pasado diciembre la DGT anuló en torno a 1,5 millones de expedientes sancionadores en España por valor de 106 millones de euros, “muchos de los cuales podrían quedar afectados por la reciente resolución judicial”.

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