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Juzgados de Salamanca. ARCHIVO

La condena a madre e hija por repartirse la herencia familiar al margen del resto

Ninguna de ellas irá a la cárcel siempre que indemnicen a los perjudicados

Viernes, 11 de noviembre 2022, 21:24

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La madre y la hija acusadas de repartirse el legado de un familiar sin contar con el resto de herederos han aceptado una condena de un año y medio de prisión por el delito continuado de apropiación indebida del que se les acusaba. La Audiencia Provincial de Salamanca acogió ayer la conformidad entre las partes en este caso, que contempla además la suspensión de la pena de prisión, siempre que las acusadas paguen debidamente la indemnización al resto de perjudicados.

Según ha podido saber LA GACETA, las partes alcanzaron ayer mismo el acuerdo, por el que la madre, I.A.G.P., y su hija, C.M.G., han aceptado además el pago de seis meses de multa a razón de 6 euros diarios (1.080 euros) y la responsabilidad civil que se le solicitaba, la anulación de las escrituras y el reintegro de las cantidades apropiadas indebidamente.

El otro familiar también acusado en este procedimiento falleció tiempo atrás, motivo por el que solo se continúa la causa contra ellas dos, señalan las fuentes consultadas.

Según el relato del fiscal , en mayo de 2014 y en la ciudad de Salamanca se produjo el fallecimiento del varón a los 75 años tras lo que fueron designados herederos universales de todos sus bienes, derechos y acciones, por partes iguales, sus ocho hermanos, I.A.G.P. entre ellos.

Con anterioridad, en agosto de 2013, el septuagenario había otorgado poder notarial a favor de su sobrina, C.M.G. Un poder con amplias facultades que le permitía disponer de todo su patrimonio, dado que en esa fecha el varón se encontraba ya aquejado de graves problemas de salud y vivía con su hermana, I.A.G.P., en el domicilio de esta.

El 1 de mayo de 2014, el varón tuvo que ser ingresado en el Hospital Virgen de la Vega, donde permaneció hasta que murió a los diez días.

C.M.G., en connivencia con I.A.G.P., utilizando el citado poder notarial y con la intención de privar a los restantes herederos de los bienes de la herencia del septuagenario y repartírselos antes de su fallecimiento dispusieron la venta de todo el patrimonio hereditario de su pariente.

Para ello, por ejemplo, C.M.G. vendió a su madre en escritura pública del 9 de mayo de 2014 un piso en Salamanca capital a 43.000 euros, sin que la compradora pagara nada.

Además, C.M.G. se vendió a sí misma en escritura pública del mismo día dos locales comerciales en el País Vasco, uno por 35.432 euros y otro por 84.568, también sin pagar.

Los hechos fueron denunciados por sobrinos del difunto.

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