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Sábado, 12 de marzo 2022, 11:46
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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Salamanca ha fallado en contra de las pretensiones del padre de José Luis Pascual, quien fuera alcalde socialista de Trabanca, Luis Pascual, dando por extinguido el coto de caza que presidía al considerar que no dispone de las hectáreas mínimas que exige la Ley para su continuidad.
Un proceso judicial que se ha extendido a lo largo de cerca de cinco años desde que los cazadores de Trabanca, agrupados en club deportivo, denunciaran presuntas irregularidades cometidas por el presidente del coto, Luis Pascual, a la hora de presentar la documentación requerida para la disposición de algunas de las parcelas que formaban parte del citado acotado cinegético.
A lo largo de este tiempo, el enfrentamiento abierto del presidente del coto, Luis Pascual, con los aficionados de Trabanca, llegó hasta la presentación por parte de uno de los cazadores de una denuncia contra él por unas presuntas amenazas de muerte, que tenían como trasfondo, la querella presentada por falsedad documental en la gestión del propio coto. Una denuncia que se hizo efectiva en febrero de 2020.
“Te voy a pegar un tiro”, “hijo de puta” y “el perro tiene más conocimiento que el hijo puta del dueño” son las amenazas e insultos que presuntamente dirigió a un vecino de Trabanca Luis Pascual Pacho, padre del exalcalde socialista y director general de la AECT “Duero-Douro”, José Luis Pascual, según se hizo constar en la denuncia presentada.
Las diferencias entre los cazadores y Luis Pascual se iniciaron en noviembre de 2017, cuando una veintena de cazadores pertenecientes a la Sociedad Deportiva “Coto de Trabanca” presentaron una querella ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vitigudino contra el padre del ex alcalde, por un presunto delito de falsedad documental a la hora de tramitar la concesión de la prórroga del citado coto.
Ahora, el Juzgado de lo Contencioso de Salamanca señala que al “haberse resuelto la segregación de 147 parcelas y como consecuencia de dicha segregación”, se extingue automáticamente el coto al no contar con las 500 hectáreas mínimas exigidas por la legislación vigente.
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