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La aplicación retroactiva de la nueva Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual no servirá a los condenados de “La Manada” para rebajar sus condenas. El propio Código Penal lo impide, dado que a la pena impuesta a esos desalmados también podría haberse llegado aplicando la nueva norma. Con todo, otros condenados por violación sí podrán beneficiarse. Sé que no sorprendo a los impulsores de la reforma, que aseguran no pretender un agravamiento de los castigos, pero puede que haya muchos ciudadanos que no entiendan que esto pase, sobre todo después de haber oído a la ministra de Igualdad decir en el Congreso que España es ahora “... un país más libre y más seguro para todas las mujeres”.

No puedo estar de acuerdo con lo que dice Irene Montero. Y no porque se haya producido una rebaja de las penas respecto de la situación aún vigente, sino porque, más allá del marketing político, las disposiciones que prevé la nueva Ley empeoran la regulación criminal. Nada nuevo se prevé sobre tratamiento especializado a los delincuentes sexuales, ni tampoco aterriza sobre la realidad de las relaciones con menores de dieciséis años. Progresismo reaccionario, de nuevo.

En materia penal, dos novedades destacan en la nueva ley. La primera es el hecho de que –reincide la ministra– “... por fin nuestro país reconoce por ley que el consentimiento es lo que tiene que estar en el centro de todas nuestras relaciones sexuales”. ¿Acaso no ha sido ésa la esencia de los delitos contra la libertad sexual hasta el presente? Del célebre “sólo sí es sí” deriva que la nueva norma establezca que sólo habrá consentimiento “... cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”. Donde la presunción de inocencia es un derecho fundamental, ¿quién tiene que probar qué?

La segunda gran innovación consiste en poner en pie de igualdad los abusos y las agresiones sexuales, que antes se castigaban por separado con penas muy diferentes. Dice también la ministra que “... ninguna mujer va a tener que demostrar que hubo violencia o intimidación en una agresión para que sea considerada como tal”, pero se hace tirando por la calle del medio: todo será agresión y todo podrá ser igualmente castigado. Salvo casos de extrema gravedad, la prueba de tales medios no servirá para fijar la pena, sino para confirmar la falta de consentimiento.

Hace meses, Ione Belarra aseguraba que a los jueces les da igual el consentimiento de las mujeres. A esos mismos jueces les queda ahora encomendada la tarea de construir criterios que permitan una aplicación confiable de la reforma. Por el bien de todos, les deseo acierto en esta tarea.

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