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El pasado 14 de diciembre, Eugen regresó a la empresa de Tarragona en la que trabajó como vigilante de seguridad para vengarse de sus responsables. Escrito lo dejó: “voy a vacunar a los jefes con tres dosis de Glock-Pfizer de 9 milímetros”. Disparó al gerente, al supervisor y a la jefa de servicio, hiriéndolos de gravedad. Tras abandonar el lugar, la policía inició la persecución. El enfrentamiento concluyó con uno de los agentes herido de bala, pero el agresor también resultó herido; tanto, que se le hubo de amputar una pierna, quedando además postrado en una cama a causa de una lesión medular irreversible.

Un Juzgado de Tarragona instruye el sumario contra Eugen. Preso preventivo en el Hospital Penitenciario de Tarrasa, ha solicitado que le ayuden a acabar con su propia vida, apelando al sufrimiento debido a su estado. Según el protocolo establecido por la Ley Orgánica 3/2021, en breve deberá pronunciarse la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña para, finalmente, practicarle la eutanasia.

Algunas víctimas solicitaron a la jueza que paralizase el procedimiento pues, si Eugen muriera, podrían quedar desprotegidas. La instructora se pronunció ayer jueves conforme a lo esperado: ni la ley le otorga potestad para detener el curso de la eutanasia, ni se pueden coartar los derechos a la integridad moral, a la dignidad y a la autonomía personal del solicitante. La decisión se apelará con toda probabilidad, pero dudo que el recurso prospere. El Estado es garante de su vida, pero no puede quebrar su derecho a decidir sobre ella en los casos de eutanasia.

Ciertamente, la muerte del reo extingue su posible responsabilidad penal. Si Eugen logra su objetivo, nadie irá por él a la cárcel. Se librará de toda penitencia, aunque, para evitar la condena de seguir viviendo, se autoimpondrá antes la medida que algunos le desean. Además, su muerte suprimirá el riesgo de que reincida. Con todo, será él quien disponga su fin, y eso no gusta a quienes creen que el Código Penal está pensado para que los culpables sufran, no para prevenir nuevos delitos.

Si lo que preocupa a las víctimas es que la eutanasia de Eugen les prive de la posibilidad de ser indemnizadas, pueden estar tranquilas. Nuestra vieja legislación procesal penal establece que la responsabilidad civil derivada del delito no desaparece con la muerte del reo, trasladándose a sus causahabientes.

Además, desde 1995, el Estado asume la indemnización a las víctimas de delitos violentos, ayudando a disipar el fantasma de la insolvencia del reo o de sus herederos. Siendo así, ¿qué puede impedir a Eugen que ejerza su derecho?

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