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Imagen de un calendario. E. P.

Aprobado el calendario de fiestas laborales de 2026 con dos novedades

Los festivos del 1 de noviembre y 6 de diciembre, al coincidir en domingo, se disfrutarán el lunes siguiente para garantizar su carácter no laborable

Jueves, 29 de mayo 2025, 12:19

El Consejo de Gobierno de Castilla y León ha aprobado este jueves, 29 de mayo, el decreto que fija el calendario de fiestas laborales para el año 2026 en el ámbito autonómico. El texto mantiene las festividades tradicionales, introduciendo como principales novedades el traslado al lunes siguiente de dos festivos nacionales que coinciden en domingo: el 1 de noviembre (Día de Todos los Santos) y el 6 de diciembre (Día de la Constitución Española), que pasarán a celebrarse el lunes 2 y el lunes 7 de noviembre, respectivamente.

Con esta decisión, la Consejería de Industria, Comercio y Empleo busca preservar el carácter retribuido y no recuperable de estas fechas, asegurando su disfrute por parte de la ciudadanía. Además, se refuerzan los fines de semana largos, una medida que favorece tanto la conciliación como el turismo interior.

El calendario ha sido elaborado respetando las festividades más arraigadas de la Comunidad Autónoma, atendiendo a las demandas sociales y a las necesidades del sistema productivo. Asimismo, ha contado con la consulta al Consejo Regional de Trabajo de Castilla y León —que agrupa a las principales organizaciones empresariales y sindicales— y se ha sometido al preceptivo trámite de participación pública, sin que se haya presentado ninguna objeción.

Las catorce fiestas laborales autonómicas de 2026 serán:

1 de enero: Año Nuevo

6 de enero: Epifanía del Señor

2 de abril: Jueves Santo

3 de abril: Viernes Santo

23 de abril: Fiesta de Castilla y León

1 de mayo: Fiesta del Trabajo

15 de agosto: Asunción de la Virgen

12 de octubre: Fiesta Nacional de España

2 de noviembre (traslado del 1 de noviembre): Todos los Santos

7 de diciembre (traslado del 6 de diciembre): Día de la Constitución Española

8 de diciembre: Inmaculada Concepción

25 de diciembre: Navidad

A estas fechas se sumarán dos fiestas de carácter local, que serán fijadas por cada municipio conforme a la propuesta del pleno de su ayuntamiento y la aprobación de la autoridad laboral competente.

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