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M.A.M. durante el juicio en la Audiencia Provincial. ARCHIVO
Ratifican una pena de 5 años de cárcel por agresión sexual a la hija menor de su expareja mientras dormía

Ratifican una pena de 5 años de cárcel por agresión sexual a la hija menor de su expareja mientras dormía

El alto tribunal ha desestimado el recurso de la defensa contra la sentencia de la Audiencia Provincial | M.A.M. ha sido condenado por un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años

C. L. S.

Salamanca

Viernes, 13 de diciembre 2024, 19:26

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha desestimado el recurso de la defensa contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca que en julio de 2024 condenó al salmantino M.A.M. a las penas de cinco años de prisión, cinco años de libertad vigilada y 6.000 euros de multa, así como la prohibición de aproximación durante un plazo de ocho años, a menos de 200 metros de la víctima y la prohibición de comunicación con la misma por un tiempo de diez años, como autor responsable de un delito continuado de abuso sexual a menor de dieciséis años por agresión sexual a la hija de su expareja mientras dormía. Según la sentencia, a la que ha tenido acceso LA GACETA, el TSJCyL desestima el recurso planteado y le impone las costas causadas.

La Audiencia Provincial dictó sentencia en la que se declararon probados los siguientes hechos: M.A.M., mayor de edad y con antecedentes penales no computables, mantuvo una relación de noviazgo con una mujer desde el año 2019 hasta el 14 de junio de 2023, habiendo convivido con la misma de forma intermitente durante su relación en una vivienda en la provincia de Salamanca, en la cual residía con su hija menor de edad, nacida en 2010, respecto de la cual la madre posee custodia compartida por semanas con el padre.

Aprovechando el acusado la circunstancia anterior, llevó a cabo las siguientes conductas: a finales de julio o primeros de agosto del 2021 o 2022, durante la madrugada, estando la menor acostada y dormida en la cama de la habitación de invitados de la vivienda, el acusado penetró en dicha estancia, llevando puesto solo el calzoncillo y, con el fin de satisfacer sus deseos sexuales, se tumbó en la cama junto a ella y comenzó a tocarle su cuerpo por debajo del pijama de pantalón corto que la misma llevaba mientras que también se tocaba a sí mismo, llegando a cogerle la mano de la menor, dirigiéndola hacia su pene a fin de que se lo tocara, diciéndole la niña varias veces que parara y que se fuera, por lo que el acusado abandonó finalmente la habitación.

En fecha no determinada del mes de septiembre del mismo año en que sucedió el hecho anterior, al inicio del curso escolar, el acusado, aprovechando la misma ocasión y circunstancias, estando la pequeña acostada en su habitación en una cama de 90 centímetros, entró en la misma y se tumbó a su lado, practicándole tocamientos indiscriminadamente por todo el cuerpo de la menor. Mientras esto sucedía, se hizo la dormida y se movía para evitar que el acusado prosiguiera en su acción. Después de estos episodios, estando la menor junto con otras amigas pasando la noche del 10 al 11 de junio de 2023 en casa de una de ellas, a la que había acudido con permiso de su padre que esa semana tenía la custodia de la menor, el acusado comenzó a enviarle mensajes vía WhatsApp desde su teléfono móvil al teléfono móvil que la menor utilizaba cuando iba a la casa del padre.

Entre estos mensajes, a las 3:08 horas del día 11 de junio de 2023, el acusado le escribió: «cuando tengas un rato te mando dos vídeos y me dices cuál mola más; pero bórralos después. Son para más de 18».

Tras contestarle la menor que no le mandase nada, el acusado le dijo a las 4:17 horas: «qué cobarde» y siguió escribiendo a las 4:20 horas: «te acuerdas un día que vimos vídeos?», respondiendo la menor que no y que solo hablaron, refiriéndole él: «Pues era sobre eso», «no te asustes» y después de responderle ella que no se asustaba, el acusado le continuó escribiendo a las 4:21 horas: «Sabes que son las pajas????», «Pregunta fácil»; y a las 4:22: «Sabes o no??», procediendo seguidamente la menor a bloquearle.

Como consecuencia de estos hechos, el acusado fue detenido, estando privado de libertad por esta causa durante el 16 de junio de 2023, habiéndose dictado auto de esta misma fecha en el que además de su libertad provisional, se acordó la prohibición del acusado de comunicarse y de aproximarse a menos de 200 metros del domicilio, centro de estudios y de la persona de la menor.

En la sentencia se absolvía al ahora condenado del delito de ciberacoso. Ahora el TSJCyL ha ratificado en todos sus términos la misma de la Audiencia Provincial.

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