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Menores de edad en un parque durante el horario escolar. ARCHIVO
Unos padres salmantinos al banquillo porque su hijo faltó más de cuatro años al colegio

Unos padres salmantinos al banquillo porque su hijo faltó más de cuatro años al colegio

El propio centro informó de las continuas faltas a clase del menor desde que tenía 12 años. La Fiscalía pide para los progenitores penas de prisión y retirada de la patria potestad

M. C.

Salamanca

Martes, 6 de junio 2023, 06:15

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Acusados de las constantes faltas de su hijo menor de edad al colegio durante más de cuatro años, unos padres salmantinos se enfrentan a una pena de prisión y a la retirada de la patria potestad que le pide la Fiscalía de Salamanca. Ambos serán juzgados próximamente en el Juzgado de lo Penal número Dos de Salamanca por el delito de absentismo escolar del que les acusa el Ministerio Fiscal por unos hechos que fueron puestos de manifiesta por los propios responsables del centro escolar, situado en Salamanca capital.

Según informan a LA GACETA fuentes del caso, los hechos dieron comienzo en el mes de septiembre del año 2019 cuando el menor, que tenía entonces 12 años de edad, empezó a ausentarse de forma injustificada a clases.

La situación se prolongó al menos durante toda la pandemia motivada por el coronavirus, siendo finalmente los hechos puestos en conocimiento de las autoridades por el centro escolar e iniciándose el procedimiento por la Fiscalía de Menores ante un presunto caso de absentismo escolar.

Tras la instrucción de las correspondientes diligencias y conforme a todas las averiguaciones efectuadas al respecto, la Fiscalía de Salamanca acusa ahora a los padres del menor, el varón I.B.B. y la mujer M.S.S.S., de un delito de abandono de familia por el que solicita para cada uno de ellos una condena de cinco meses de prisión y la inhabilitación para ejercer la patria potestad durante un periodo de seis años.

El Código Penal recoge en su artículo 226 el delito de abandono de familia, que establece en su apartado 1: «El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses».

A lo que añade en el apartado 2: «El juez o tribunal podrá imponer, motivadamente, al reo la pena de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar por tiempo de cuatro a diez años».

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