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Un jurado popular compuesto por un magistrado, nueve ciudadanos titulares y dos suplentes serán los encargados de enjuiciar a D.G.M., el vecino de Santa Marta de Tormes detenido por el atroz crimen de una mujer, Yess María Perez Quejada, en su domicilio la víspera de Reyes. La Audiencia Provincial de Salamanca ha señalado para los días 23, 24 y 25 de septiembre la celebración del juicio. El pasado 17 de abril, a las 10:00 horas, se celebró el sorteo para elegir a los candidatos a integrar el jurado popular.
En España, solo una minoría de los asuntos se resuelven a través de jurados populares constituidos en juicios de orden penal referentes a delitos contra la vida humana, delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, delitos contra el honor, delitos de omisión del deber de socorro, delitos contra la intimidad y el domicilio, delitos contra la libertad y delitos contra el medio ambiente.
En Salamanca, los últimos juicios con jurado popular han sido el de Roldán Armando Oyuela, que asesinó el 17 de abril de 2016 de 51 puñaladas a Yolanda Jiménez, una joven con la que compartía una relación, en un piso del paseo de la Estación.
El 28 de abril 2018, otro jurado popular declaró culpable de asesinato al parricida de Chamberí, a Johnny Rafael Demey, el joven que con 18 años degolló y acabó con la vida de su padre la madrugada del 27 de julio de 2016 en su domicilio del barrio de Chamberí. El 18 de noviembre de 2022, un jurado declaró culpable al 'pistolero de Garrido', el varón que acabó con la vida de José María R.C. y dejó entre la vida y la muerte a su amiga María Belén R.H., la noche del 27 al 28 de agosto de 2021.
El 29 de abril de 2023 y en menos de 24 horas, un jurado declaró culpables por unanimidad de la muerte a tipos de 'El Chispi', acribillado a tiros en el barrio de San José el 29 de enero de 2020, a los dos principales acusados, 'El Vinas' y su pareja, 'La Rocío', e inocentes al resto de acusados: 'El Rafi', 'La Susana' y 'La Samira'. Conforme al veredicto de culpabilidad expresado por el jurado popular, el magistrado presidente condenó a 'El Vinas' y 'La Rocío' a 25 y 19 años de prisión, respectivamente, por el delito de asesinato, y en concepto de responsabilidad civil, a una indemnización conjunta a la viuda de 'El Chispi' en 200.000 euros.
El último enjuiciado por un jurado popular fue J.A.V.S., el autor del 'crimen del Carnaval'. Los hechos tuvieron lugar sobre las 22:00 horas del 25 de febrero de 2022. J.A.V.S. se desplazó con su vehículo a Ciudad Rodrigo con motivo de los carnavales, en compañía de otras dos personas (dos chicas). Tras asistir a una capea, fueron a distintos bares de la localidad, hasta que, sobre las 03:00 horas del día siguientes, 26 de febrero, llegaron al bar La Muralla, situado en la calle La Colada, donde también se encontraba la víctima—'Tomy' —, cliente habitual, quien llevaba allí desde la tarde del día anterior consumiendo bebidas alcohólicas. Tanto el acusado como las dos mujeres con las que había ido a Ciudad Rodrigo consumieron algo y sobre las 04:00, sin que se conozca el motivo, el acusado inició por su cuenta una fuerte discusión con dos clientes, a lo que agredió, incidente que dio lugar a que el dueño del local decidiera cerrar, indicando a todos los presentes que lo desalojaran.
Las acompañantes del acusado se apresuraron a salir, momento en que el acusado, al observar la actitud de 'Tomy' entró de nuevo y se dirigió a él, arrebatándole la navaja que esgrimía y le asestó «una fortísima puñalada» en el pecho, que le atravesó el esternón y le seccionó por completo el tronco arterial braquiocefálico, provocándole una hemorragia arterial masiva que le ocasionó la muerte. J.A.V.S. fue condenado a once años y medio de prisión. Conforme al veredicto emitido el pasado 23 de febrero por el jurado popular, la magistrada presidenta le condenó por un delito de homicidio doloso. Además de la pena de prisión, le impuso la medida de libertad vigilada por plazo de seis años y el pago de 775.000 euros de indemnización a los perjudicados, así como las costas procesales.
Este lunes, día 23, arranca la vista de uno de los casos más macabros ocurridos en la historia de Salamanca, el crimen de Yess (46 años), la mujer que el 5 de enero de 2023 perdió la vida tras ser brutalmente golpeada y finalmente ahogada en la bañera del domicilio de D.G.M. (39 en el momento de los hechos, el vecino de Santa Marta detenido por los hechos. El jurado popular verá el caso este lunes, martes y miércoles.
En España, los miembros de un jurado popular deben ser españoles y mayores de edad, saber leer y escribir, pertenecer a la provincia donde ocurrió el delito y no padecer una discapacidad física o psíquica que impida la función de jurado. Aunque el jurado no impone la sentencia—competencia del juez—, debe emitir un veredicto y determinar si es culpable o no culpable.
El desempeño de las funciones de un jurado popular es retribuido. Los miembros del Jurado Popular reciben 70 euros al día más dietas, alojamiento en hotel y kilometraje desde si residencia habitual.
Ser miembro del jurado popular es un derecho y una obligación que tienen los ciudadanos en España. Por tanto, si no existe una justificación suficiente, es obligatorio acudir al juicio. Solo las personas mayores de 65 años o con discapacidad, personas que hayan desempeñado funciones de jurado dentro de los cuatro años precedentes, con graves cargas familiares, con trabajo de relevante interés general, con residencia en el extranjero, militares profesionales en activo o los que aleguen cualquier otra causa que les dificulte de forma grave el desempeño de la función de jurado. Si un ciudadano no se presenta sin razón justificada puede enfrentarse a multas de entre 150 euros hasta 1.500 euros.
Los jurados populares son designados por las Audiencias Provincial mediante un sorteo cada dos años. Este es público y se utiliza un programa informático en el que no aparecen los datos personales de los ciudadanos. El sorteo se hace mediante un programa informático especifico en el que no figuran los datos de los ciudadanos. Posteriormente se certifica mediante correo certificado postal a los seleccionados, y se abre el plazo para presentar alegaciones.
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