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Edificio de la Audiencia Provincial E.P.
Condenado a 14 años de cárcel por agredir sexualmente a su nieto en Asturias

Condenado a 14 años de cárcel por agredir sexualmente a su nieto en Asturias

El niño de 12 años se encontraba en la vivienda de su abuelo pasando unos días de vacaciones

Jueves, 24 de noviembre 2022, 12:51

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial ha confirmado íntegramente la petición de la Fiscalía del Principado de Asturias, Sección Territorial de Langreo, y ha condenado a 14 años de prisión, 15 de alejamiento, 20 de prohibición de realizar actividades, remuneradas o no, que conlleven contacto con menores de edad y 8 de libertad vigilada para un procesado por agredir sexualmente a su nieto, de 12 años. La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) - .

La sentencia recoge que, la noche del 27 al 28 de junio de 2019, el procesado, que reside con su mujer y dos de sus hijos en el municipio de Langreo, agredió sexualmente a uno de sus nietos (2006), tapándole la boca.

El menor se encontraba en su vivienda pasando unos días de vacaciones. El procesado advirtió al niño para que se callara y no le contara lo sucedido a su abuela pero el menor, aterrado, con el pretexto de ir al baño, salió de la habitación y avisó a la mujer y a uno de sus tíos. El procesado abandonó entonces la vivienda y permaneció en paradero desconocido hasta el 17 de julio, que fue detenido. Los hechos ocurridos ocasionaron un importante efecto psíquico sobre el menor.

La sentencia condena al procesado a 14 años de prisión y prohibición de aproximarse y comunicarse con la víctima por cualquier medio y en un radio de 200 metros, así como acudir a su domicilio o lugar de trabajo, durante 15 años. Además, la medida de 8 años de libertad vigilada, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad, e inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 20 años.

En concepto de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la víctima con 9.000 euros, más los intereses legales correspondientes. La Audiencia lo condena igualmente al abono de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

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