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Un hombre, ajeno a esta información, sofoca un incendio. ARCHIVO

Un agricultor salmantino, condenado por provocar un incendio en plena alerta máxima y daños en otras fincas

La Audiencia Provincial declara firme la condena después de que el agricultor asumiera los hechos y reparara los daños antes del juicio. Ocurrió el 14 de junio de 2022 en una parcela cuando trabajaba con una cosechadora y un tractor

C. L. S.

Salamanca

Jueves, 20 de noviembre 2025, 14:11

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Un agricultor ha sido condenado por un delito de daños por imprudencia grave después de provocar un incendio en una zona agrícola de la provincia de Salamanca en una jornada de alerta máxima por riesgo de fuego. La sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Salamanca, declara firme el fallo al haberse mostrado de acuerdo el acusado, su defensa y la Fiscalía con los hechos y la pena impuesta.

Tal y como recoge el escrito, el incendio se originó sobre las 17:00 horas del 14 de junio de 2022 en una parcela agrícola de la provincia, en plena alerta máxima por riesgo de incendio decretada por el servicio de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, debido a las condiciones extremas de temperatura, viento y humedad. El hombre trabajaba con una cosechadora y un tractor de su propiedad cuando, por la acción mecánica de una de las máquinas y desatendiendo esa alerta, se inició el incendio, que se propagó a numerosas fincas colindantes.

El fuego provocó daños en al menos 16 parcelas de distintos propietarios y arrendatarios de la zona, algunas de ellas cubiertas por los seguros y otras indemnizadas directamente por el acusado. Varios afectados presentaron reclamación en la causa, si bien el procesado abonó antes del juicio la totalidad de la responsabilidad civil reclamada, lo que fue tenido en cuenta como atenuante, muy cualificada, de reparación del daño.

La Audiencia Provincial de Salamanca condena al agricultor como autor responsable de un delito de daños por imprudencia grave, mediante incendio en zona agrícola no forestal; y le impone una pena de multa de 120 días, a razón de 3 euros diarios, con la advertencia de que, en caso de impago, se sustituirá por responsabilidad personal subsidiaria, además del pago de las costas procesales. La resolución se dictó 'in voce' en sala y quedó firme al renunciar todas las partes a la intención de recurrirla.

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