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Dueños paseando a sus mascotas por el centro de la ciudad. LAYA

¿Quién se queda con la mascota tras el divorcio?

Los regímenes de custodia compartida de mascotas cada vez son más frecuentes en las sentencias que dictan los jueces sobre la separación de una pareja. Como si de un hijo se tratara, en todos ellos se busca el bienestar del animal

M. B.

Lunes, 25 de agosto 2025, 13:42

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En los Juzgados hay unos nuevos protagonistas inesperados en los procesos de divorcio: las mascotas. Esto ocurre a raíz de la entrada en vigor en 2022 de la Ley 17/2021, que modificó el Código Civil para reconocer a los animales como «seres vivos dotados de sensibilidad» y no como simples objetos. De ahí que los conflictos en los divorcios por la custodia de perros o gatos hayan aumentado.

Uno de los ejemplos más recientes en Salamanca es el caso de Chispas, un caniche hembra que fue parte de un proceso de divorcio. Sin entrar a dar más detalles, el abogado L. Fuentes relata cómo fue este proceso de separación que se resolvió de manera amistosa. «En este caso los interesados llegaron a un convenio de divorcio en el que incluyeron expresamente quién se quedaba con «Chispas», la perrita. También de cómo se repartirían los tiempos de compañía y de qué manera asumirían los gastos de manutención y veterinarios. Fue en la práctica, como si estuviéramos estableciendo la custodia de un hijo», señala Fuentes. «Lo más curioso es que en el convenio se incluía incluso un derecho de visita para el cónyuge que no tenía la custodia principal de Chispas», añade. Esto refleja que lo importante en estos casos, no es quién es el titular, sino el bienestar del animal.

El caso de nuestra protagonista no es aislado. Según explica Marta Bolívar, presidenta de la Sección de Derecho de Familia del Colegio de Abogados de Salamanca (ICASAN), los abogados especializados en familia han visto crecer de forma significativa este tipo de procedimientos desde que entrará en vigor la nueva ley. «Antes los animales eran tratados como objetos. No podías regularlos como un hijo, ni liquidarlos como un bien inmueble. Ahora la ley reconoce que son seres sintientes, y eso ha abierto la puerta a establecer medidas específicas en los divorcios».

En la práctica esto ha permitido que los jueces incluyan en las sentencias regímenes de custodia compartida de mascotas, reparto de tiempos, obligaciones económicas y hasta coordinación con la custodia de hijos. Bolívar resalta que muchas parejas muestran más predisposición al acuerdo en lo relativo a los animales que en lo relativo a los niños. «Resulta curioso que en numerosos casos los cónyuges están de acuerdo en que la mascota debe estar con ambos al 50% mientras que el consenso con los niños es más complicado».

El desenlace de nuestra protagonista Chispas, con un convenio amistoso que reguló tanto la custodia como los gastos, representa un ejemplo positivo de cómo la nueva legislación esta siendo aplicada. Pero también sirve de recordatorio de que en muchos otros casos, la custodia de los animales puede convertirse en un terreno tan sensible y conflictivo como la custodia de los hijos. «No debemos olvidar que la mascota no es un accesorio. Es familia».

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