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En tan solo cuatro años los extranjeros con permiso de residencia por arraigo en vigor se han multiplicado por siete. Al acabar 2020, en la provincia vivían 152 personas llegadas de otros países que habían conseguido una autorización temporal de residencia por tener un contrato laboral, estar integrados socialmente o tener vínculos familiares de primer grado en Salamanca. Al cierre del pasado año, eran 1.050 los permisos de este tipo en vigor. Esta escalada contrasta con la década previa, en la que apenas se superaba el centenar de autorizaciones. El incremento más pronunciado se concentra en los últimos dos años y medio.
¿A qué se debe este aumento de los permisos por arraigo? El principal motivo es la reforma del Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería del año 2000 que supuso un Real Decreto de julio del 2022. Esta modificación conllevó una flexibilización de los requisitos, así como un aumento de los supuestos para acogerse a esta vía. Abrió la posibilidad de obtener la autorización por motivos de formación, si una vez superada esta, se presenta un contrato de trabajo. Conforme a los últimos datos de la Secretaría de Estado de Migraciones, el 31 de diciembre había 105 extranjeros con un permiso de arraigo por esta causa.
Pero el principal incremento de los permisos de residencia no ha sido por motivos de formación. Tampoco por causa laboral, para el que se exige una permanencia previa y continuada de dos años, encontrarse en situación de irregularidad en el momento de la solicitud y demostrar seis meses de trabajo a tiempo completo, o 12 meses a tiempo parcial, en situación legal de estancia o residencia. Las autorizaciones por este motivo son 38. Son un 40 % menos de los que había en 2022. Han descendido también los permisos por arraigo social, que requiere la acreditación de una estancia previa y continuada en España de, al menos tres años, así como con contrato de trabajo y un informe que acredite su integración social en el país, entre otros motivos. En el último año los permisos en vigor a través de esta vía se han reducido a una tercera parte. De los 371 que había al cierre de 2023, en doce meses se ha rebajado a 128.
La clave de este aumento de permisos se encuentra en el reagrupamiento familiar. Según explica la responsable de inmigración de Cruz Roja, Montserrat Hernández, aunque el procedimiento por arraigo familiar ya existía para los familiares de primer grado de españoles, hasta agosto de 2022 se exigía para acogerse a ella que se demostrase una dependencia económica del familiar en el país de origen, es decir, que se le estaba enviando dinero desde España para mantenerle, algo que no resultaba nada fácil de probar. Desde hace más de dos años y medio, se permite que los familiares directos, es decir, los cónyuges o parejas de hecho acreditadas, los ascendientes mayores de 65 años, los descendientes menores de 21 o las personas a cargo de un ciudadano español puedan acceder al arraigo familiar si están empadronados en el mismo domicilio que él, porque de ello se deduciría que existe una dependencia económica real. Esto implica que si la esposa, el marido, los padres o los hijos de un ciudadano español de origen o que ha obtenido la nacionalidad llegan a Salamanca con un visado de turista y se empadronan en la misma vivienda pueden acceder a ese permiso de residencia por arraigo familiar.
Con el nuevo reglamento de extranjería que prepara el Gobierno, esta modalidad solo va a ser posible para ciudadanos comunitarios, mientras que a los familiares de españoles se les van a exigir nuevos requisitos. Ante ello y antes de que se produzca el cambio, son muchos los que están aprovechando para conseguir el permiso temporal de residencia para los parientes más directos. Así, frente a las 61 autorizaciones por reagrupación familiar que se contabilizaban en la provincia a finales de 2021, el pasado año se cerró con doce veces más, concretamente 779.
Monserrat Hernández apunta que esta medida está ayudando principalmente a todos los inmigrantes de países hispanoamericanos que han llegado en la última década. A aquellos que proceden de antiguas colonias españolas para acceder a la nacionalidad se le exigen dos años de residencia legal en el país —la norma general son diez—. Tras cumplir este requisito y aprobar las pruebas de idioma y cultura que también se exigen, muchos de ellos se han convertido en españoles de derecho, lo que les abre la puerta a solicitar el permiso de residencia por arraigo para sus parejas, hijos y padres. Y al ser familiares directos de un ciudadano español la autorización que se les concede es por cinco años.
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