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«Que alguien salga a la palestra y diga claramente a los ciudadanos: «Tranquilos, no pasa nada. Ha sido algo accidental»». Las palabras del presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Salamanca, Ángel Hernández Román, denuncian el silencio del Gobierno y las dudas sembradas sobre la seguridad de los coches eléctricos tras el siniestro mortal ocurrido en un garaje comunitario de Alcorcón el pasado 2 de abril, donde perdieron la vida dos bomberos.
Para los profesionales que gestionan las comunidades de vecinos salmantinas, la última modificación de la Ley de Propiedad Horizontal no deja claras las responsabilidades en la instalación de uno o varios puntos de carga para coches eléctricos en un garaje comunitario. «Los usuarios que las demanden deben costearse la conexión independiente a su contador, pero ¿qué pasa cuando hay varias solicitudes y la acometida del edificio se queda insuficiente? ¿Quién debería pagar ese cambio de acometida?», apunta Hernández Román. Para el Colegio, lo aconsejable es que los usuarios de puntos de carga corran con este gasto, y así se están resolviendo los casos planteados.
Pero son los incendios de las baterías lo que realmente preocupa a los propietarios. «Hoy día se sigue sin saber si son realmente seguros. Desde la Administración, desde la Agenda 2030 o desde donde sea, se está fomentando la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de estos puntos de recarga en zonas privadas», afirma el portavoz de los administradores. «Pero estas instalaciones dan problemas y a nosotros nos generan grandes dilemas».
Ángel Hernández Román critica los cambios de rumbo en la política energética oficial. «Hubo ayudas al gas natural a fondo perdido porque era lo más limpio, pero ahora ya no lo es. La energía nuclear era mala y ahora resulta que es la más limpia. Aquí se mandan mensajes, por intereses de quien sea, y se intenta que calen en la gente. Y es lo que pasa ahora con los coches eléctricos. Ojo. No estoy prejuzgando que sean peligrosos, pero sí quiero transmitir tranquilidad a los vecinos».
Quien desee instalar un punto de recarga para vehículos eléctricos o híbridos enchufables en un garaje comunitario deberá atenerse a lo establecido por la Ley de Propiedad Horizontal. Pero las reglas han cambiado hace relativamente poco tiempo. Tras la última modificación introducida por la Ley 7/2021, de 20 de mayo, sobre cambio climático y transición energética, la Ley establece un marco más garantista para estos usuarios.
Apelando a «la creciente demanda de movilidad sostenible», la reforma legal eliminó uno de los principales obstáculos que enfrentaban los usuarios de vehículos eléctricos en entornos residenciales colectivos: el consentimiento comunitario. Así, según el artículo 17.5, basta con que el interesado comunique previamente por escrito su intención a la comunidad antes del inicio de las obras, pero la instalación no requerirá aprobación de la junta ni podrá ser vetada por esta, siempre que se cumplan las condiciones exigidas.
Según la ley, el propietario será el único responsable de los costes de instalación, mantenimiento y consumo eléctrico del punto de recarga. Esto significa que deberá asumir íntegramente el gasto, sin que pueda exigirse contribución alguna a los demás vecinos. Por tanto, no se consideran gastos comunes.
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