Cambios de precios en los bares: cañas a 1,40 y cubatas a cinco euros
Con la llegada del verano, diferentes municipios deciden modificar las tarifas de precios de los bares de titularidad municipal, entre ellos figura el Ayuntamiento de Peñaranda que ha actualizado su ordenanza
Aunque algunas modificaciones se hacen con el inicio natural de cada año, no menos cierto es que la llegada del verano suele ser también un momento idóneo para que los ayuntamientos con bares municipales ajusten los precios a la realidad del momento. Este es el caso de la localidad salmantina de Peñaranda de Bracamonte, donde el Ayuntamiento ha revisado los precios vigentes y ha optado por modificar la ordenanza número 42, reguladora de los precios públicos de los bares municipales, con el fin de adecuarla a la situación que marca el mercado. La medida afecta a tres locales de titularidad municipal: La Huerta, piscinas municipales y centro social.
En este caso, es el bar del Centro Social el que ofrece unas tarifas más asequibles para el gran público, con cafés por 1,30 euros, cañas de cerveza por 1,40 euros, cortos de cerveza por 0,50 euros y cubatas al precio de 5 euros. Los refrescos se ponen a la venta por 2 euros y una copa de vino cuesta 1,50 euros.
Los precios fijados para el bar de las piscinas no difieren mucho de los ya comentados, aunque en este caso sí resultan un poco más caros. Así, el café cuesta 1,50 euros, lo mismo que una caña de cerveza, mientras que la copa de vino se fija en 2 euros y el cubata mantiene el precio en 5 euros.
El bar del parque de La Huerta es prácticamente un calco del bar de las piscinas en las tarifas de las consumiciones, con cafés a 1,50 euros, lo mismo que una caña de cerveza y cubatas también a 5 euros. La novedad en este caso, es que a las bebidas se une también un listado de precios en la carta de comida, con importes que rondan entre los 2,30 euros de un montadito y los 14,90 euros de una pizza especial.
Según figura en el anuncio lanzado por el Consistorio peñarandino este listado habrá de regir para todo «sujeto pasivo», es decir, para toda persona física y jurídica que haga consumo de cualquier bebida, refresco u otro presente del cuadro de tarifas fijado por esta nueva ordenanza, contra la que se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, sin que por ello deba suspenderse la aplicación del acuerdo.
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