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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha intervenido las competencias en sanidad animal de Castilla y León y ha prohibido que los ganaderos el movimiento de ganado bovino de esta comunidad a otros destinos de España o de otros países de la Unión Europea con la excepción de los que tengan como fin el matadero para el sacrificio de ganado.
Exceptúa en esta orden APA/526/2023 a animales procedentes de Burgos, León y Valladolid por su baja prevalencia en tuberculosis bovina y a aquellos con prueba negativa a esta enfermedad 30 días antes del movimiento o procedente de una explotación sin positivos en los 12 meses previos.
El Ministerio de Agricultura argumenta el riesgo sanitario que supone la publicación de la resolución de 10 de mayo, en la que la Consejería de Agricultura flexibiliza movimientos de ganado.
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