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Tres hombres circulan en paralelo y sin cascos con patinetes eléctricos por la avenida de María Auxiliadora. LAYA
Los patinetes eléctricos disparan los accidentes con víctimas en tres años

Los patinetes eléctricos disparan los accidentes con víctimas en tres años

Desde 2021, 142 personas han resultado lastimadas en siniestros con implicación de VMP en vías urbanas e interurbanas

Celia Luis

Salamanca

Lunes, 18 de noviembre 2024, 07:45

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El uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) es cada vez más común para desplazarse de una manera más rápida por las ciudades. La Dirección General de Tráfico define un VMP o patinete eléctrico como un «vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado, exclusivamente, por motores eléctricos que le pueden proporcionar una velocidad máxima comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros hora».

Según datos de la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal ya hay unos cinco millones de patinetes eléctricos en España. Un auténtico boom si consideramos que hasta la crisis del coronavirus de 2020 a este medio para desplazarse se le consideraba poco menos que un juguete infantil.

Evolución de la siniestralidad

Los accidentes de patinetes con víctimas han aumentado un 2.500 % en tres años en vías urbanas e interurbanas en Salamanca con un total de 142 víctimas y cero fallecidos, según los datos de la DGT recogidos a 24 horas después del accidente.

En el año 2021, se registraron dos accidentes con víctimas, 36 en el año 2022, y 52 en 2023 y 2024 respectivamente (50 personas heridas más que hace tres años), datos desde el 1 de enero al 30 de septiembre de 2024. De las 142 víctimas, 12 de ellas resultaron hospitalizadas: dos en 2021, dos en 2022, seis en 2023 y dos en 2024. En cuanto a las personas lesionadas no hospitalizados se contabilizan 133: una en 2021, 34 en 2022, 47 en 2023 y 51 en lo que va de año. Por su parte, según fuentes municipales se han producido 75 accidentes y la Policía Local de Salamanca ha impuesto 78 sanciones desde enero, la mayoría por circular con el vehículo reseñado por la acera o zona peatonal (18 denuncias).

La normativa básica

Antes de circular es importante conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los VMP en sus desplazamientos urbanos y hacerlo de forma segura. Cada Ayuntamiento puede regular, de una manera específica, la circulación de estos vehículos. Sin embargo, todos los usuarios deben cumplir unas condiciones mínimas, según la DGT. Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana. La velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 y 25 km/h. Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo. Asimismo, en la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco, en los términos que reglamentariamente se determine.

¿Qué dice la ordenanza municipal?

Según la ordenanza municipal, los VMP tendrían prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales de forma, pese a ello son muchos los que lo hacen subidos, sin embargo estos tienen que hacerlo a paso de persona, apeándose del vehículo y transitando como un peatón más. Además, cuando existan vías ciclistas y sendas ciclables los conductores de los VMP como los patinetes están obligados a circular por ellas y no podrán hacerlo por la calzada del tráfico rodado. Por lo tanto, también les beneficia la ampliación y los nuevos proyectos de carril bici en la ciudad. Ahora bien, tienen que respetar las normas en estas vías. Entre ellas se establece que la velocidad máxima permitida a la que podrán circular será de 20 km/h. Mientras que esta velocidad se reducirá a la mitad, es decir, a 10 km/h, en el caso de que se trate de aceras-bici, pistas bici y sendas ciclables.

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