Los acusados al inicio del juicio en la Audiencia Provincial LAYA

La Audiencia de Salamanca absuelve al matrimonio juzgado por falsear un documento hace 14 años para cobrar la PAC: el caso está prescrito

El alto tribunal considera, al igual que el fiscal y la defensa, que los hechos no son constitutivos de infracción penal por el tiempo transcurrido

Miércoles, 23 de febrero 2022, 11:38

Con la petición de absolución por prescripción por parte del fiscal y la defensa y la de 8 años de cárcel por estafa y simulación de documento público de la acusación particular, la causa contra la pareja acusada de falsear un documento en el año 2008 para cobrar la PAC quedaba a finales de enero vista para sentencia. Según ha podido saber LA GACETA, la Audiencia Provincial de Salamanca acaba de dictar sentencia en este caso, una sentencia absolutoria porque al igual que la tesis del fiscal y de la defensa, concluye que el caso está prescrito.

Publicidad

El juicio contra R.P.P. y su marido J.A.F.C. comenzó con la modificación en la calificación por parte de la acusación particular, habida cuenta de los cambios en el Código Penal desde el inicio del procedimiento. Y concluyó con los informes de las partes, que mantuvieron sus peticiones, entre ellos el fiscal reiteró que los hechos no constituyen delito porque ya han prescrito, ya que ocurrieron hace 14 años, cuando el plazo de prescripción para este tipo de delitos era de tres años. Por tanto, al haber estado paralizada la causa desde diciembre de 2010 hasta mayo de 2014, han pasado más de tres años sin ninguna actuación procesal.

En su escrito de conclusiones señala el fiscal que el 19 de marzo de 2008 la mujer R.P.P y su marido J.E.F.C., con ánimo de lucro, presentaron ante la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León un documento falso de cesión de los derechos-régimen de pago único. Lo hicieron con la finalidad de obtener las subvenciones de la Política Agrícola Común (PAC), en perjuicio de la dueña de esos derechos y en beneficio de ambos acusados.

Los hechos relatados están prescritos, señala en su escrito de conclusiones el fiscal, ya que habiendo ocurrido hace casi catorce años, en el mes de marzo del año 2008, en esa fecha el plazo de prescripción para este tipo de delitos, según recoge el Código Penal, era de tres años.

Por lo tanto, al haber estado paralizada la causa desde el mes de diciembre de 2010 hasta el mes de mayo de 2014, han transcurrido más de tres años sin existir en todo este tiempo ninguna actuación procesal. Conforme a ello concluye que los hechos relatados no son constitutivos de infracción penal al haber prescrito.

Publicidad

Pese al criterio de la Fiscalía, la acusación particular, en representación de la perjudicada, continuó adelante con el procedimiento, de manera que el juicio contra R.P.P. y su marido J.E.C.F. se celebró el pasado 27 de enero.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas

Publicidad