Los Juzgados de Colón acogerán este lunes la audiencia preliminar en este caso.

La Fiscalía acusa a una madre de agredir al padre de su hijo a la puerta del colegio en Salamanca por la pensión

La mujer le recriminó que no tenía derecho a ver al niño mientras le golpeaba en la escuela. El fiscal le pide diez meses de prisión, dos años sin armas y casi tres años de alejamiento del progenitor, que reclama 86 euros por las lesiones

M. C.

SALAMANCA

Sábado, 30 de agosto 2025, 06:00

La Fiscalía pide una condena de diez meses de prisión para una mujer de origen nigeriano acusada de agredir a su expareja a la puerta de un colegio de Salamanca capital en presencia de su hijo menor de edad. El caso, será abordado el próximo lunes, 1 de septiembre, por el Juzgado de lo Penal número Uno que celebrará la audiencia preliminar en la que las partes intentarán llegar a una conformidad y evitar de esta manera el juicio.

Publicidad

El fiscal acusa a la mujer de un delito de lesiones en el ámbito de la violencia familiar por el que además de la pena de cárcel le pide otras medidas como la privación de tenencia y porte de armas y el alejamiento del progenitor.

Los hechos ocurrieron a primera hora de la mañana del 14 de octubre del pasado año 2024. Según recoge el Ministerio Público en su escrito de calificación provisional, el padre del niño acudió al centro escolar para ver a su hijo.

En ese momento, la acusada, T.M., se encaró con él, al tiempo que le recriminaba que no pasara la pensión de alimentos. Acto seguido, le habría propinado varios golpes mientras le gritaba que no tenía derecho a ver a su hijo.

A consecuencia de la agresión, el hombre sufrió una contusión abdominal que requirió asistencia médica, aunque solo precisó una cura sencilla y dos días de recuperación.

El representante del Ministerio Fiscal considera que los hechos son constitutivos de un delito de lesiones en el ámbito de la violencia familiar y solicita, además de la pena de diez meses de prisión, la prohibición de acercamiento y comunicación de la acusada con la víctima durante dos años y diez meses, así como la privación del derecho a portar armas durante dos años, así como el pago de las costas.

Publicidad

En concepto de responsabilidad civil, reclama que indemnice al padre con 86 euros.

El artículo 153.2 del Código Penal español tipifica y sanciona como delito el maltrato de obra o el golpeo a personas que se encuentran bajo una relación de afectividad o en el núcleo de su convivencia familiar.

Se trata de un procedimiento poco habitual, ya que en la mayoría de los casos de este tipo que llegan a los juzgados la víctima suele ser la mujer, y no al revés. Por ello, el asunto no se tramita como violencia de género, sino como violencia en el ámbito familiar, lo que le da un carácter singular dentro de los juicios de este tipo en Salamanca.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas

Publicidad