Una sentencia obliga a un padre en paro a pagar la pensión a su hija de 20 años con trabajo a tiempo parcial
La Audiencia esgrime que la joven aún sigue estudiando y aún no tiene independencia económica
C.R.
Salamanca
Miércoles, 23 de julio 2025, 06:15
«Los progenitores vienen obligados a hacer cuantos sacrificios sean necesarios para proporciona a sus hijos menores —o mayores dependientes— todos los medios necesarios para un desarrollo integral de su personalidad, procurando en lo posible que, para la consecución de tal finalidad, las situaciones de ruptura del vínculo conyugal de los padres les afecte lo menos posible». Es uno de los argumentos que esgrime una reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Salamanca que obliga a un padre en situación de desempleo a seguir pagando la pensión de manutención a su hija de 20 años, estudiante de tercer curso de Arquitectura y con un empleo a tiempo parcial. El fallo, que sí revoca el pago en costas al que previamente había sido condenado el hombre, refrenda una resolución previa del Juzgado de Primera Instancia número 8.
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«Benito», nombre ficticio con el que se le llama en la sentencia, solicitaba al tribunal que se eximiese del pago de la pensión alimenticia de 150 euros al mes a su hija «Adela», con la que no mantiene ninguna relación. Pedía además que ésta le reintegrase el dinero que había recibido «desde que comenzó su contrato de trabajo». El padre apelaba a su «precaria situación económica, en situación de desempleo y con cargas, así como a la actividad laboral de su hija» para que se le liberase del abono mensual de ese dinero o, a menos, se le redujese a menos de 90 euros. Alegaba además que la joven ya no convivía con la madre en Salamanca sino en Valladolid. «Unido a que la hija no quiere saber nada del padre, justificaría la pretensión de la extinción» de la pensión alimenticia, argumentaba. «Ya ha alcanzado la mayoría de edad legal, y además está contratada y trabajando desde hace años, percibiendo sus correspondientes retribuciones mensuales, todo lo cual supone una modificación sustancial de las circunstancias», exponía.
No obstante, la hija no había terminado los estudios, sino que precisamente tuvo que desplazarse a Valladolid para poder realizar sus estudios universitarios, motivo que le llevó a alquilar una habitación. Dado que «los gastos que ello comporta han motivado que tuviera que empezar a trabajar como camarera mediante contratos a tiempo parcial para poder pagar sus estudios», recoge la resolución a la que ha tenido acceso este periódico. Sus ingresos eran variables y oscilaban entre los 295 euros, la nómina más baja, y 857, la más alta.
El tribunal provincial explica que la pensión alimenticia no se extingue por el mero hecho de alcanzar la mayoría de edad. Esa extinción exige que los hijos tengan autonomía económica. «No hay en la norma un límite temporal fijando una edad en la que cesa la obligación de los alimentos al hijo, sino que la clave es la culminación de una independencia económica del hijo mayor de edad que le permita una autonomía personal», apunta el fallo, que también deja claro que residir fuera del domicilio familia no implica el cese de la convivencia. Por otra parte, defiende que la independencia económica de la hija no se ha producido ya que, «si trabaja a tiempo parcial, lo es para ayudar a sufragar los gastos de formación». «Es obvio que, con la pensión con cargo al padre, no puede hacer frente a sus necesidades vitales y educacionales», concluye esta sentencia que obliga al padre a seguir abonando la pensión.
Resolución de 2023
En marzo de 2023 otra sentencia de la Audiencia Provincia exoneró a un padre de pagar la pensión alimenticia a su hija de 29 años por considerar que la joven «mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y por trabajar». Pese a que no tenía independencia económica, el fallo le eximía al progenitor de la responsabilidad de pagar la pensión de 125 euros que abonaba desde 2005.
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