MINUCIAS SALMANTINAS

El llamado «correccional» de Salamanca

Tenía problemas para los reclusos dada su estructura, produciéndose casos de hacinamiento, humedad e insalubridad

Martes, 11 de noviembre 2025, 05:30

Al salmantino actual le sonará, quizá, la palabra «Correccional» como una edificación situada en la calle de Juan de la Fuente que alojó a «La ... Mendicidad» y a donde iban a parar todos los elementos que sobraban propiedad del Ayuntamiento, fuera un templete de madera de la Plaza Mayor, mobiliario urbano, material de derribos utilizable o refugio de las figuras de los «Padre Lucas», que tenían aquí su salida solemne en las festividades en que se enseñoreaban de calles y plazas, haciendo las delicias de los chiquillos y de los no tan chiquillos.

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Estuvo situado en la antigua calle de «Las Golosas», nombre que le vino de los dulces que fabricaban y siguen fabricando las monjas dominicas de las Dueñas, que constituyen la calle por el lado contrario. En 1859 se la conocía por el Arroyo de santo Domingo y en 1889 pasó a tener la denominación actual.

Estaba integrado en lo que fue convento de los Trinitarios Descalzos y tras la Desamortización de Mendizabal en 1836 fue expropiado y pasó a manos del Estado que lo destinó a «Cárcel correccional» y «Prisión Provincial» para reclusos condenados y a condenados a trabajos forzados o penas de corrección, no solo a presos preventivos. No era «Cárcel de Partido», ni «Cárcel de Distrito». Tenía problemas para los reclusos dada su estructura, produciéndose abundantes casos de hacinamiento, humedad e insalubridad. Es descrito como un lugar oscuro y mal ventilado que provocaba frecuentes epidemias entre los presos. Se convirtió a finales del XIX en el principal centro de reclusión de la provincia. Ostentó por muy poco tiempo tal categoría, pues se trasladó a Valladolid.

El hecho de llamarse «Correccional» denota la filosofía penal de la época: disciplina, trabajo forzado y moralización como medio regenerador del penado.

A excepción de la iglesia, el resto de dependencias de los Trinitarios fue cedido al Ayuntamiento bajo la condición de que dedicara una parte a Cuartel, siendo el de Carabineros el elegido, que más tarde pasó a ser el de la Guardia Civil, en lo que hoy son los Juzgados.

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La zona del Arroyo de santo Domingo tuvo diversidad de usos: almacén municipal, panadería o tahona reguladora del suministro de pan, parque de bomberos, perrera municipal y laboratorio de análisis. El asilo de mendigos se instaló en 1867 y en 1910 se creó la «Asociación para la Mendicidad» que dotó la instalación de cocinas económicas y comedores para personas necesitadas y donde se repartían las «patentes de pobre».

Trata El Adelanto en una serie de artículos en 1888 de su criterio para un mejor funcionamiento del «Correccional» bajo los aspectos: legal, moral, social y económico. Con la Ley de Prisiones de 26/07/1849 se obliga a las corporaciones locales a crear y sostener un establecimiento donde se extingan las penas correccionales impuestas por las respectivas Audiencias y anota varias disposiciones al respecto.

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Constata que no se ha hecho nada en Salamanca, solo se ha hacinado a seres racionales, dando lugar a que ocurran lamentables sucesos. Respecto a la moral afirma que si en el «Correccional» se establecieran escuelas y talleres donde el recluso adquiriera la instrucción de que carece y el estímulo que proporciona la laboriosidad recompensada, reconocería, en medio de su desgracia, que le estaban abriendo las puertas de su regeneración moral. La regeneración del delincuente no tiene más que un tratamiento: las buenas enseñanzas, para lo que hay que mirarle con compasión, no con odio, acostumbrar al vicioso al trabajo e instruir al ignorante.

Desde 01/07/1886 en que se instaló se encarga el Ayuntamiento, por cuenta de la Diputación, de sufragar los gastos del «Correccional», liquidando después lo que a cada Corporación corresponda. ¿Cuántos ingresos ha obtenido la Diputación? Ninguno, porque no han utilizado el trabajo del penado en condiciones apropiadas, al no tener en cuenta y confundiendo al preso con el penado. El primero goza de todos los derechos compatibles con la falta de libertad; éste al ser sentenciado ha perdido en gran parte su libertad de acción y la ley le obliga a someterse al régimen que se implante.

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Si se estableciera la diferencia desaparecerían del presupuesto muchos gastos porque los servicios que originan aquellos, se prestarían por los corrigendos: cocinero, barbero, herrero, carpintero, albañil…hoy encargados a particulares.

Termina con palabras de rigurosa actualidad: «Señores diputados; más administración, menos política».

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