Junqueras: chungo, chungo

Viernes, 20 de diciembre 2019, 04:00

Mucho me temo que la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, con sede en Luxemburgo, sobre Junqueras no va a sentar muy bien ... y provocará una subida del sentimiento antieuropeo en algunas capas de la población española de fuera de Cataluña. Y que, además, los partidos políticos más euroescépticos, como Vox, lo van a rentabilizar y podría suponer, en caso de celebrarse elecciones pronto, una subida de sus votos y de su apoyo. No voy a entrar en el fondo de la cuestión porque no soy experto en asuntos jurídicos. No obstante, me gustaría dejar claro un punto significativo: se trata de la respuesta de ese alto tribunal comunitario a una cuestión prejudicial que se había planteado y que no se refiere a la sentencia dictada por el Tribunal Supremo. Y este punto, que está pasando más desapercibido de lo que debiera a la hora de explicar la situación a los ciudadanos que puedan estar interesados en el tema, tiene una gran importancia.

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En resumen, y por ir a la fuente directa, el Tribunal de Justicia de la UE declara que “el artículo 9 del Protocolo (nº7) sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea debe interpretarse en el sentido de que: goza de inmunidad en virtud del párrafo segundo de dicho artículo una persona que ha sido oficialmente proclamada electa al Parlamento Europeo cuando se encontraba en situación de prisión provisional en un proceso penal por delitos graves (como era el caso de Junqueras), pero que no ha sido autorizada a cumplir ciertos requisitos previstos por el derecho interno tras la proclamación ni a desplazarse al Parlamento Europeo para participar en su primera sesión; esta inmunidad implica el levantamiento de la prisión provisional impuesta, al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento Europeo y cumplir allí las formalidades requeridas. Si el Tribunal nacional competente estima, no obstante, que debe mantenerse la medida de prisión provisional tras la adquisición por el interesado de la condición de miembro del Parlamento Europeo, ha de solicitar a la mayor brevedad al Parlamento Europeo que suspenda dicha inmunidad, conforme al artículo 9, párrafo tercero, del mismo Protocolo”. Traducción: debería haberse autorizado a Junqueras a recoger su acta, porque se encontraba entonces en prisión provisional, pero es que ahora ya no lo está porque hay sentencia de por medio. Toca ver cómo se sale de este embrollo jurídico, algo que compete al Tribunal Supremo, pero también del lío político y de la complicación que ello va a suponer en las negociación entre Sánchez y los de ERC, que celebran este fin de semana su congreso. Lo veo chungo, chungo. Y, sobre todo, de cara al futuro y a las relaciones con la UE, muchos españoles no lo van a entender.

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