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Lunes, 17 de mayo 2021, 21:35
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M.H.L., el acusado de abusar sexualmente de una menor de 14 años con la que tenía parentesco en el mes de abril de 2019, ha aceptado asistir a un curso de reeducación sexual a cambio de no cumplir la condena de prisión impuesta tras reconocerse autor del delito. La suspensión de la pena de prisión está además condicionada a que no delinca durante el tiempo de condena y a que abone una indemnización a la afectada por importe de 3.000 euros. La sentencia, con la que se ha mostrado conforme el acusado, contempla además el pago de las costas y una pena de alejamiento con respecto a la afectada de manera que el varón no podrá acercarse a ella a una distancia inferior a 500 metros -lo que no parece complicado dado que uno de ellos reside actualmente fuera de la provincia-.
La Audiencia Provincial de Salamanca acogió este lunes el acuerdo entre el fiscal -que desde el principio solicitaba dos años de prisión, alejamiento y una indemnización de 1.000 euros-, la acusación particular -que elevaba su petición a seis años de prisión y a 5.000 euros de indemnización- y la defensa -que pedía la absolución-.
Finalmente y momentos antes de la celebración del juicio, las partes han alcanzado un acuerdo evitando así un mal resultado: en el caso de las acusaciones la absolución y en el de la defensa los seis años de prisión que solicitaba la acusación particular en representación de la madre de la menor.
De este modo, tras reconocerse autor de los hechos y la condena acordada, las partes suscribieron el acuerdo ante el tribunal, informando asimismo favorablemente respecto a la sustitución del ingreso en prisión del acusado por su asistencia al citado curso.
Este tipo de cursos consisten básicamente en programas de educación sexual específicamente diseñados para la reeducación y reinserción social de delincuentes sexuales.
Tal y como a finales de abril adelantó LA GACETA, en su escrito de calificación provisional el fiscal relataba que los hechos tuvieron lugar entre el 19 y el 21 de abril de 2019, en un domicilio familiar de Ciudad Rodrigo.
El acusado y la menor, con la que tenía una relación de parentesco, se encontraban en la misma vivienda, en la que el primero se habría dirigido en varias ocasiones a la chica con expresiones del tipo: “Eres muy guapa” o “tu novio debe estar muy contento”. Además, en una ocasión llegó a darle un azote en el trasero.
El 21 de mayo, después de comer, cuando la menor salía de la cocina, el acusado la atrajo hacía sí y la agarró por la zona de la vagina.
Para el fiscal , estos hechos son constitutivos de un delito de abuso sexual tipificado en el artículo 183.1: “El que realizare actos de carácter sexual con un menor de 16 años, será castigado como responsable de abuso sexual a un menor con la pena de prisión de 2 a 6 años”.
Conforme a ello y dadas las circunstancias, el fiscal solicitaba en su escrito de calificación que se le impusiera la pena mínima para el tipo delictivo: dos años de prisión.
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