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La acusada de descuartizar en Barakaldo al hombre con el que mantenía una relación dice no saber si lo mató o no E.P.
Declarada culpable de homicidio la acusada por matar y descuartizar a su pareja en Vizcaya

Declarada culpable de homicidio la acusada por matar y descuartizar a su pareja en Vizcaya

Aprecia parentesco, pero no alevosía porque “no hay evidencias” de que ejecutase el crimen “asegurándose de no correr ningún riesgo”

Martes, 10 de mayo 2022, 18:56

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El jurado popular ha declarado culpable de homicidio con la agravante de parentesco, pero sin alevosía, a la mujer acusada de matar y descuartizar en Baracaldo (Vizcaya) en 2020 a su pareja, un hombre de 62 años con el que mantenía una relación, un delito por el que Ministerio Fiscal y la acusación particular solicitan 14 años de cárcel, mientras que la defensa pide la libre absolución o, como alternativa, una pena por un delito de lesiones leves.

La Audiencia Provincial de Vizcaya ha acogido este martes la lectura del veredicto del jurado popular que ha juzgado el caso de un vecino de Barakaldo cuyas piernas fueron encontradas en una zona de Rontegi en noviembre de 2020. La Ertzaintza mantenía abierta desde el mes julio de ese mismo año una investigación por la denuncia de desaparición de un vecino, de 62 años, de la localidad vizcaína. El resto del cuerpo nunca fue hallado.

Según ha mantenido el Ministerio Fiscal durante el juicio, el fallecido y la acusada eran pareja sentimental y, en la madrugada del 16 de julio de 2020, ella habría cogido una navaja “de 7,5 centímetros idónea para matar” con la que habría acabado con la vida del fallecido en la cama de éste. Sin prestarle ni reclamar asistencia sanitaria, habría troceado el cuerpo con un hacha, que no ha sido encontrado, para poder deshacerse del mismo.

Por su parte, la acusación particular, que representa a uno de los hijos del fallecido, ha rechazado que la víctima mortal fuera traficante de drogas, aunque ha sostenido que el fallecido y la acusada eran consumidores de droga y mantenían una relación sentimental en la que “discutían, pero se querían”. Asimismo, ha negado que existan pruebas de que él la maltratara y considera que “nadie se cree” que “ella sola” pudiera arrastrar el resto del cuerpo del fallecido, que no se ha podido hallar por parte de la Ertzaintza.

Por su parte, la defensa ha argumentado que el fallecido vivía “al margen de la ley” y contaba con “una decena” de condenas firmes que incluirían un delito de violación, así como de violencia de género. Según ha sostenido durante el juicio, la acusada vivía con el fallecido tras haber sido desahuciada y para que no le arrebataran la custodia de sus hijos menores, pero que en ningún caso mantenían una relación de pareja.

Culpable de homicidio

Tras retirarse a deliberar el pasado viertes, el jurado ha considerado a la acusada, con siete votos a favor y dos en contra, culpable de matar a su pareja y califica su acción como un delito de homicidio, con la agravante de parentesco, pero sin alevosía.

Para emitir su veredicto, los miembros del jurado han tenido en cuenta las declaraciones de la acusada durante el juicio en las que relató “cómo le clava la navaja una o dos veces”, así como las de los forenses asegurando que la navaja que se utilizó, “por su filo y longitud localizada en un punto vital del cuerpo, puede causar la muerte”.

Asimismo, han tenido en consideración el testimonio de los agentes de la Ertzaintza que declararon que “las muestras más destacables de AND se encuentran en la hoja y empuñadura de la navaja” y que, una vez analizada, “se obtiene un perfil mezcla” de víctima y acusada.

Además, los miembros del jurado han tenido en cuenta el relato de la encausada explicando que “secciona el cadáver y se deshace de él”, corroborado por “la aparición posterior de restos cadavéricos con restos de pelo de la acusada”, ha valorado el jurado, que también se ha basado para llegar a su veredicto en las declaraciones de los forenses en relación a “la disección del cuerpo con la etiología homicida de los hechos”.

Tras destacar la “declaración contradictoria” de la acusada en la que “miente sobre la situación de la víctima a los medios, al entorno y a la policía”, han apuntado que se deshizo del colchón, ya que, según los testimonios aportado durante el juicio, la tienda “proporciona uno nuevo, sin haber uno antiguo para retirar”.

Además, el jurado ha valorado las declaraciones de los ertzainas que llevaron a cabo el registro de la vivienda, donde “uno de los perros marca una zona del dormitorio exactamente debajo el colchón en la zona del somier”, así como que la acusada “no realizó llamadas telefónicas a la víctima desde el día de los hechos”.

También han tenido en cuenta el testimonio aportado por el hermano de la víctima en el sentido de que la acusada “se ve obligada, por su intervención, a presentar la denuncia por desaparición, no teniendo ella inicialmente intención de hacerlo”.

A todo ello, el jurado ha añadido que “no existen pruebas directas y objetivas que acrediten que los navajazos fueran la causa del fallecimiento, debido al hecho de no haber aparecido el cuerpo, aun teniendo patologías cardiacas graves pero estables, tal y como manifiesta la peritos”.

En cuanto a la agravante de alevosía, el jurado ha considerado que “no se puede conocer la manera concreta en la que sucede el hecho”, por lo que “no hay evidencias de que la acusada lo ejecutase asegurándose de que no correr ningún riesgo, evitando una reacción defensiva de la victima”. Además, han considerado que “los gritos relatados por los menores en sus comparecencias indican un altercado en el que la situación no estaba preparada”.

Por otro lado, el jurado entiende, en base a la declaración del médico forense, que, “pese a las cantidades de cocaína que consumía la acusada, preservaba sus facultades cognitivas y volitivas”. Además, los miembros del jurado creen que “el examen forense no objetiva lesiones o secuelas” en la acusada en relación a los hechos y que “no hay ninguna evidencia que apunte a ninguna agresión sexual el día de los hechos”, salvo la declaración de la encausada, quien el pasado viernes, en la que las partes presentaron sus conclusiones, ejerció su derecho a la última palabra para asegurar que “es cierto que no sé si lo maté o no, pero mi intención desde luego no fue ésa”.

No obstante, el jurado también ha valorado que, “dados los testimonios del entorno que manifiestan repetidamente el carácter agresivo” de la víctima, la versión de la acusada “podría ser verosímil, pero no ha podido ser contrastada”.

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