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Lugar donde se produjo el feroz ataque a la mujer ARCHIVO
Archivada la causa abierta por el ataque mortal de tres perros a un anciana en la localidad salmantina de Valdehijaderos

Archivada la causa abierta por el ataque mortal de tres perros a un anciana en la localidad salmantina de Valdehijaderos

La juez no encuentra responsabilidad de los dueños porque se trataba de una cacería | Los hechos ocurrieron a finales de 2021 cuando la víctima regresaba a casa

Lunes, 13 de marzo 2023, 22:31

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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Béjar ha archivado la causa abierta con motivo del ataque de tres perros de caza a una anciana de Valdehijaderos a finales del año 2021. Tras ser reabierto el caso, eran tres las personas investigadas por su presunta responsabilidad en la muerte de la mujer, sin embargo en un reciente auto, la juez instructora acuerda el sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones al no apreciar signos de imprudencia de ningún tipo en la actuación de los investigados. La juez descarta así la relevancia penal del caso, aunque deja abierta la puerta de la jurisdicción civil.

En el auto, al que ha tenido acceso LA GACETA, la juez parte de la despenalización de todo obrar imprudente basado en la deficiente custodia de animales peligrosos o dañinos. A partir de ahí, analiza si concurre una imprudencia penalmente relevante que pueda imputarse a los investigados, de una manera individualizada y concreta, y ajena al hecho mismo de dejar a los perros sueltos en un coto de caza del cual dichos perros se escaparon provocando las lesiones que determinaron el fallecimiento de la víctima cuando regresaba a su casa.

Así, explica que los hechos ocurrieron a raíz de la participación de los animales en una cacería que tenía lugar dentro del coto SA-11354 de Valdehijaderos. Según se desprende de las actuaciones y a partir de las afirmaciones de los testigos de la partida de caza, detalla la juez, en el coto se desarrollaba la actividad de ‘caza en mano’, la cual se realiza soltando a los perros. Por un lado van los cazadores y si estos avistan una pieza, la abaten, y en la que es habitual que los perros se escapen para perseguir a la pieza o para seguir un rastro y que incluso pasen de un coto a otro. En dicha actividad participaban en total nueve perros, tres de ellos atacaron a la víctima.

De la dinámica expuesta, concluye la juez instructora: “Debemos asumir que, una vez que el cazador o cazadores se adentran en el coto, la cacería, la actividad cinegética, implica dejar sueltos a los perros dentro de dicho coto a los fines propios de la caza. No resulta exigible al dueño o dueños -o personas a cargo- de los animales empleados en la actividad cinegética el que tengan en todo momento sujeto al perro, impidiéndole así participar en dicha actividad. Sin propósito de emitir juicio de valor alguno, y a los meros fines de trazar la relación de causalidad, hemos de entender que todos los cazadores implicados en la caza del día de autos dejaron sueltos a los perros por el coto, sin que ninguno de ellos asumiera de una manera individualizada un control y supervisión de cada uno de tales perros dentro del coto, bien fueran los suyos o los de los demás. De este modo, el desarrollo de la caza implicaba una suerte de aplicación colectiva -de los cazadores y de los perros- a la cacería o actividad del coto”.

Para la juez “no puede imponerse a los denunciados, como participantes en la caza, un particular o individualizado deber de vigilancia y control de los perros dentro del coto; y que dicho deber, particular e individualizado, resulte imputable a los denunciados con exclusión de los demás participantes en la cacería -o de las restantes personas titulares de los otros perros o que tuvieran los mismos a su cargo-”.

“Desde el punto de vista de la imputación objetiva del resultado, no encontramos un criterio que permita apreciar una infracción de la norma de cuidado particularmente grave e individualmente exigible a los denunciados, en detrimento de los restantes cazadores o personas que compartían el disfrute del coto y de la caza en el momento de suceder los hechos”, concluye el auto judicial.

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