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g.m.
Sábado, 28 de abril 2018, 06:45
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Para probar un hecho desfavorable para el acusado son necesarios siete votos, mientras que para hacerlo con uno favorable tan solo se requieren cinco. Sin embargo, de nada sirvió este requisito para los miembros del jurado popular que lo tuvieron muy claro a la hora de considerar culpable al joven parricida de Chamberí: los nueve culpabilizaron por unanimidad a Johnny Rafael Demey de un delito de asesinato.A pesar de que el letrado que defendía al joven propuso la absolución o en su caso que fuera acusado de homicidio y que la pena no excediera los dos años de cárcel al concurrir el arrepentimiento del ahora asesino y la eximente de trastorno mental e intoxicación, a los nueve ‘elegidos’ no les tembló el pulso al considerar que el chico de origen venezolano degolló a su padre sabiendo lo que hacía y en plenas facultades mentales. Así, todos y cada uno de ellos estuvieron de acuerdo al deliberar y consideraron que en el juicio había probado que Johnny Rafael Demey no se encontraba enajenado mentalmente en el momento de cometer los hechos, que comprendía el alcance de sus actos y que actuó de manera sorpresiva y totalmente inesperada, impidiendo que su padre tuviera capacidad de defensa.
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