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El secretario general del Ayuntamiento, en el pleno semitelemático celebrado para conformar las mesas MANUEL LAYA
Hasta 9 suplentes en las mesas electorales del 13F

Hasta 9 suplentes en las mesas electorales del 13F

Se necesitan 202 presidentes y 404 vocales en la ciudad, pero se eligen 5.454 nombres en Salamanca

Martes, 18 de enero 2022, 19:07

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Uno de cada 25 electores con derecho a voto en la ciudad de Salamanca el próximo 13 de febrero figuran ya en la lista que, durante una sesión extraordinaria del pleno municipal, generó la aplicación informática del Instituto Nacional de Estadística (INE) para elegir a los miembros de las mesas electoras.

La conforman 5.454 nombres, aunque solo 606 de ellos son los de los presidentes y vocales de los 202 puntos de votación que se habilitarán en la ciudad. El artículo 26 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General establece la obligación de los ayuntamientos de designar dos suplentes para cada uno de los tres miembros de las mesas, pero el “bombo” digital que se viene empleando ya en las últimos comicios permite designar hasta nueve suplentes para cada presidente y vocal, una opción que puede resultar muy útil de cara a la próxima cita con las urnas en la que, dado el alto número de contagios que se viene produciendo en las últimas semanas, hacen pensar que en esta ocasión se pueden contabilizar más bajas y renuncias que en anteriores convocatorias electorales. Tal y como señaló el secretario general del Consistorio charro, este sistema evita tener que hacer posteriores sorteos si fallan los dos suplentes obligatorios por ley.

Tras el sorteo, el Ayuntamiento comunicará los nombres de los elegidos a la Junta Electoral y será la Policía Local quien se encargará de notificárselo personalmente a los elegidos. En 2019, ante las elecciones municipales y autonómicas que se celebraron en mayo, el Gobierno municipal llegó a dar orden de que se habilitase en la web del Consistorio un buscador que introduciendo el DNI permitiese a los ciudadanos saber si habían sido designados presidentes, vocales o suplentes, pero finalmente y antes de activarla renunció a hacerlo. ¿Por qué? Porque si una persona sabe con antelación de su elección puede optar por no abrir la puerta a los agentes municipales para impedir así que se produjese la notificación oficial y librarse de este deber ciudadano que establece la legislación. Según informaron ayer fuentes municipales, en esta ocasión el Ayuntamiento también lo comunicará a los interesados directamente y no se podrá consultar el listado previamente, como si es posible en otros municipios.

La condición de miembro de mesa tiene carácter obligatorio, si bien a partir de los 65 años se puede renunciar a él en el plazo de 7 días —los mayores de 70 años no pueden formar parte de las mesas—. Al margen de la edad, las causas que justifican el relevo son múltiples, si bien deben ser comunicadas en el plazo de una semana dado que no acudir el 13F al colegio electoral sin causa justificada puede suponer incurrir en pena de prisión de tres meses o una multa de 6 a 24 meses.

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