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Trabajos de retirada del medallón de Franco de la Plaza en 2017. ARCHIVO
El TSJCyL tumba el recurso de la Fundación Franco contra la retirada de la efigie del dictador de la Plaza

El TSJCyL tumba el recurso de la Fundación Franco contra la retirada de la efigie del dictador de la Plaza

Respalda el fallo del juzgado de Salamanca y ratifica que la decisión del Consistorio de quitar el medallón cumple la Ley de la Memoria

Viernes, 13 de marzo 2020, 11:26

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Nuevo varapalo judicial para la Fundación Nacional Francisco Franco en su intento de que la Plaza Mayor recupere el medallón del dictador. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) desestima el recurso de apelación que esta entidad interpuso contra el fallo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Salamanca. En ese se declaraba “conforme a derecho” la resolución municipal por la que se decretó la retirada de la efigie del ágora salmantina.

Así, el TSJCyL no solo avala la actuación del Ayuntamiento de la capital y da la razón a la Asociación en Defensa de la Ley de Memoria Histórica y Retirada de Símbolos Franquistas y los particulares Domingo Benito y María José Herrero —representados por el letrado Gorka Esparza—, sino que condena en costas a la Fundación ya que el tribunal entiende que con los argumentos que esgrimía trataba de reproducir el juicio ya celebrado en primera instancia.

El argumento de la entidad defensora de la figura del dictador alegaba como único motivo del recurso un “error patente y notorio” al fundamentar la decisión de la retirada del medallón de Francisco Franco del Pabellón Real del ágora en que “carece de valor artístico”, algo que tilda de “irracional, ilógico y arbitrario”. De tenerlo, podría haberse acogido a la excepción que recoge la Ley de Memoria Historia sobre la retirada de símbolos franquistas. Incide la Fundación en que ni siquiera se señala que no tenga valor artístico, sino que a lo largo de las sucesivas limpiezas y rehabilitaciones “se había alterado de manera muy significativa la obra original”.

La respuesta del Tribunal Superior de Justicia es clara. Aludiendo a una sentencia de 2004, insiste en que, cuando en el recurso de apelación se cuestiona la valoración de una prueba hecha en primera instancia, “ha de prevalecer la apreciación realizada” por el primer tribunal.

De hecho, la sentencia recuerda que la intervención en la Plaza fue autorizada por la Comisión Territorial de Patrimonio en base a un informe de un arquitecto técnico e ingeniero de edificación. Reproduce además las conclusiones del anterior fallo sobre este asunto, en las que se señala que “ningún medallón es imprescindible para que la Plaza Mayor conserve su valor histórico-artístico”. Con todo ello, la efigie continuará guardada, al menos de momento, en un almacén.

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