Secciones
Destacamos
Sábado, 18 de enero 2020, 22:51
Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.
Opciones para compartir
Circulaba por una carretera y cree que un radar fijo o móvil le ha ‘cazado’ por encima de la velocidad permitida? ¿Aparcó de forma irregular y no le ha llegado la notificación? Las multas de Tráfico se notifican por correo postal pero hay veces que no llegan, por cambio de dirección o ausencia. Para resolver todas las dudas, la Dirección General de Tráfico, que está renovando y mejorando su sede electrónica (sede.dgt.gob.es), facilita la consulta de sanciones que no han sido notificadas con el acceso al Tablón de Edictos Único (TEU). Un servicio gratuito donde con sólo teclear el DNI, CIF, NIE o matrícula se pueden localizar las multas del último año (desde el 13 de enero de 2019) emitidas por DGT, radares, policías locales, ayuntamientos, diputaciones, Guardia Civil de Tráfico, policías autonómicas...
La DGT explica cómo realizar la consulta y que si no se ha dado de alta en la llamada ‘Lista de excluidos’, cualquier ciudadano podrá visualizar los datos de carácter personal incluidos en los edictos publicados en el tablón. El tablón se puede consultar siempre que uno desee, con el fin de permanecer al corriente de las sanciones que puedan llegarle al infringir el reglamento de circulación.
Desde el momento que se añade una sanción no notificada en el Tablón Edictal se da un plazo de 20 días naturales para ser consultada y poder comprobar el estado el tipo de multa que es. Pasado este tiempo, la multa consta como notificada ya que ha estado publicada en un servicio de consulta. Se podrá entonces continuar con las actuaciones oportunas (pagar, presentar alegaciones, recurrir) según el plazo fijado en el edicto.
En el caso de tras la búsqueda en el TEU le aparezca una notificación de multa, lo primero que debe comprobar es quién le ha puesto la multa. Es posible que sea de la DGT, pero también puede ser de alguna comunidad autónoma o de algún ayuntamiento. Para pagarla, reclamar o poner alguna alegación, hay que dirigirse siempre al organismo que ha sancionado.
Si usted no conducía, debe indicar quién es el conductor responsable de la infracción para aplicar correctamente la sanción. En el caso de que la sanción conlleve pérdida de puntos, es obligatorio realizar la identificación del conductor.
Las multas se pueden pagar por internet en la sede electrónica de la DGT, para ello se necesita tener a mano la fecha de la notificación y el número de expediente. Por teléfono también se puede abonar, llamando al teléfono 060, mediante tarjeta de crédito o débito con atención automática y también con un agente.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.