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‘Compliance’, modelo para prevenir delitos y evitar sanciones penales a las empresas

Los expertos que han intervenido en el Foro GACETA han asegurado que es el turno de que las pymes tomen conciencia de la importancia de contar y aplicar un modelo de “Compliance”

Martes, 26 de marzo 2019, 20:58

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Desde hace diez años, las personas jurídicas pueden tener responsabilidad penal y ser penadas y sancionada por cometer delitos penales. Como sucedió hace años con los planes de prevención de riesgos laborales, las grandes multinacionales ya han comenzado a aplicar el “Compliance”, un nuevo modelo para cumplir la normativa, prevenir delitos —tanto por parte de jefes como de los trabajadores, socios y proveedores— y proteger a la empresa para evitar sanciones penales como multas económicas, clausura de locales, suspensión o prohibición de actividad, inhabilitación para subvenciones y beneficios fiscales e intervención judicial.

Ahora es el turno de que las pequeñas y medianas empresas tomen conciencia de la importancia de contar y aplicar un modelo de “Compliance”, no como una obligación sino como una inversión, como se puso este martes de manifiesto en el Foro GACETA de la Empresa. Cada pyme tiene que establecer su propio modelo válido de “Compliance” ya que no existe una normativa específica, tan sólo normas ISO y UNE. Para ello es necesario analizar la estructura de la empresa, hablar con los trabajadores y establecer un mapa de riesgos de delitos que se pueden cometer, dar instrucciones para evitar cometer dichos delitos, además de asegurarse de que el modelo se aplica.

Miguel Ángel Martín Herrero (Abogado. Valentín Gallego auditores y consultores): “No basta con tener el papelito sino acreditar que se está cumpliendo”

Miguel Ángel Martín subrayó en su ponencia en el Foro GACETA que “no basta con tener el papelito del modelo de ‘Compliance’ sino cumplirlo”. “Hay que acreditar no sólo que el ‘Compliance está bien hecho, sino que está hecho específicamente para esa empresa y comprobar que se está aplicando para evitar una responsabilidad penal, con cursos de asistencia obligatoria, reuniones, test y una auditoría”, señaló el abogado que reconoció que establecer este modelo es “más latoso” que una auditoría, ya que lleva un mínimo de 4 meses en una pyme para “hablar con los trabajadores, impartir cursos, establecer una canal de denuncias ante sospechas de delitos... y comprobar que se está cumpliendo”. Para ello debe existir un “Compliance officer” de la empresa o bien externo que compruebe las denuncias, analice lo que se hace mal y solucionarlo. “

Enrique Suárez García (Abogado y economista. ADN Legal): “Se implanta para curarnos en salud y para hacer las cosas bien”

Clubes de fútbol de Primera y Segunda División, seguros, empresas cotizadas, filiales multinacionales y fabricantes de vehículos ya aplican los modelos de prevención de delitos o “Compliance”. “Que tenga sanción penal la persona jurídica no impide que la puedan tener los directivos. El administrador sigue siendo el que recibe mayor impacto de las sanciones penales”, subrayó este martes en el Foro GACETA el abogado y economista Enrique Suárez García, que recordó que la decisión de implantar el modelo debe partir de la empresa. “Es importante implantarlo para promover una cultura de cumplimiento de las normas en la empresa. No sólo para curarnos en salud ante sanciones sino porque hay que hacer las cosas bien”, explicó Suárez.

Miguel Ángel Salazar García (Abogado y economista. GFS Auditores): “La empresa puede demostrar que ha actuado con diligencia”

En caso de delito fiscal, infracción tributaria, generación de deuda tributaria no prevista o sucesión de deudas y responsabilidades, también se puede aplicar un “Compliance tributario” que este martes explicó Miguel Ángel Salazar, abogado y economista de GFS Auditores. “La propia empresa debe regular ciertas situaciones para demostrar que ha actuado de forma diligente en caso de sanciones”, subrayó Salazar que explicó que el “Compliance tributario” “no encaja en ninguna normativa pero complementa el concepto de cumplimiento”. Para el abogado, “la cultura de cumplimiento debe ser una especie de alma que rige la propia actividad y que implica conocimiento, formar y que toda la organización siga esta cultura”. Salazar recordó que 147 empresas están adheridas hoy en día al código de buenas prácticas tributarias y explicó que existe el modelo de gestión UNE 19602 para prevenir riesgos fiscales.

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