Los casos de absentismo escolar que acaban en Fiscalía de Menores se duplican
El Ministerio Público abrió 25 expedientes hasta noviembre por casos derivados por la Dirección Provincial de Educación, más del doble que cualquier año completo, al menos, desde 2019
De tres a seis meses de cárcel o multa de seis a doce meses. Es el «castigo» al que se exponen por un delito de abandono familiar o desprotección los padres de escolares que de forma reiterada faltan al colegio o al instituto sin motivo justificado. Así lo establece el artículo 226 del Código Penal y, aunque no son muchos los casos en los que es necesario aplicarlo por absentismo escolar, en Salamanca hay condenas por ello. Solo en lo que va de año han llegado hasta la Fiscalía de Menores 25 casos de toda la provincia que han conllevado la incoación de las consiguientes diligencias preprocesales, expedientes que en ocasiones no afectan solo a un niño sino a varios hermanos de un mismo núcleo familiar. A pesar de que aún falta mes y medio para que concluya 2025, son ya más del doble que en todo el ejercicio anterior (11) y casi triplican los de 2023 (9). De hecho, es el año con más casos, al menos, desde 2019.
Sin embargo, este incremento no implica que se haya disparado el absentismo. De hecho, las actuaciones de la Policía Local realizadas en la capital del Tormes a petición de la Junta de Castilla y León fueron hasta octubre 42, menos de la mitad que en todo 2024, cuando se elevaron a 92 —en 2023 fueron 57—. Fuentes judiciales apuntan que, a pesar de que tanto desde los centros de enseñanza como desde la Dirección Provincial de Educación se intenta buscar siempre una solución extrajudicial a estos casos de ausencias reiteradas a clase, esos requerimientos e intervenciones pueden no estar resultando tan eficaces, lo que hace que más situaciones de absentismo estén llegando hasta la Fiscalía, última fase del protocolo de intervención aprobado en 2005 por la administración autonómica. De hecho, aunque en ocasiones es la Policía Local la que denuncia de oficio ante el Ministerio Público, este suele trasladar esos casos a la Comisión de Absentismo de Educación por si se pueden solucionar extrajudicialmente. En cualquier caso, a la Justicia solo llegan los casos más extremos, del resto no hay datos ya que la Junta hace años que no los facilita.
Por otra parte, en los casos de familias con menos recursos, la administración autonómica ha perdido una importante herramienta para combatir el absentismo escolar. Antes el cobro de la Renta Garantizada de Ciudadanía estaba condicionado a que los menores de la familia no tuviesen expedientes de absentismo abiertos, pero el Ingreso Mínimo Vital que la ha sustituido en la mayoría de los casos ya no lo tiene en cuenta, con lo que los hogares beneficiarios ya no se arriesgan a quedarse sin ingresos si sus hijos no van al colegio.
El protocolo de actuación en seis pasos:
1. El control del tutor: En una situación de asistencia irregular, el tutor del alumno debe tener conocimiento inmediato. Si está justificada, lo comunica a la familia.
2. Solicitud de colaboración a la familia: si la asistencia irregular no está justificada, el tutor informa a la familia y le pide que contribuya activamente a solucionar el problema.L
3. La jefatura de estudios actúa y notifica el caso: si se considera absentismo (4 faltas al mes no justificadas) se comunica al jefe de estudios. Este puede realizar alguna intervención, pero debe enviar cada mes la relación de absentistas a la Dirección Provincial de Educación.
4. El problema llega a la dirección provincial: el responsable del programa de absentismo de la Dirección Provincial recibe cada mes la relación de casos con informes individualizados. Determina en cuáles procede una intervención directa y cuáles se llevan a la Comisión de Absentismo. La inspección inicia expedientes de cada caso.
5. La Comisión de Absentismo escolar busca soluciones: se reúne periódicamente para analizar los casos. Determina las acciones en cada uno de ellos y selecciona los que se trasladarán a Fiscalía.
6. La intervención de Fiscalía de Menores: recibe los casos y determina las medidas que proceda legalmente para preservar el derecho ineludible del alumno a la educación.