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Defensa busca 3.650 nuevos militares. E.P.
Tatuajes y piercings en el Ejército: ¿cuáles están prohibidos?

Tatuajes y piercings en el Ejército: ¿cuáles están prohibidos?

Los requisitos para ingresar en este cuerpo incluyen aspectos relacionados con estas prácticas

Miércoles, 19 de febrero 2020, 18:51

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3.650 nuevas plazas para militares han sido anunciadas por el Ministerio de Defensa, a las que podrán optar todas las personas que tengan el graduado escolar y que, además, superen una serie de pruebas y requisitos. Uno de ellos el que tiene que ver con los tatuajes y los piercings, y al respecto, el Ministerio ha publicado en el BOE sus requerimientos:

“Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso.

Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares, que sean visibles vistiendo las prendas comunes para personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición, utilización y uso se recoge en la Orden DEF 1756/2016 de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo”.

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