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El cofundador de Podemos, Juan Carlos Monedero. E. P.

La Fiscalía archiva la denuncia contra Monedero por presuntas conductas inapropiadas hacia alumnas en la Complutense

El Ministerio Público concluye que las expresiones denunciadas, aunque reprochables, no constituyen un delito contra la integridad moral, y recomienda que se continúe con el expediente disciplinario universitario

E. P.

Madrid

Lunes, 2 de junio 2025, 11:52

La Fiscalía Provincial de Madrid ha decidido archivar una nueva denuncia contra Juan Carlos Monedero, cofundador de Podemos, por presuntas conductas hacia alumnas durante su docencia en la Universidad Complutense de Madrid (UCM) en el curso académico 2021-2022, relacionadas con un posible delito contra la integridad moral.

En abril, el Ministerio Público recibió la notificación por parte de la UCM sobre el expediente disciplinario abierto contra Monedero, quien en ese momento era profesor titular en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología.

El fiscal ha determinado que las acciones atribuidas a Monedero durante ese periodo no cumplen los requisitos del delito contra la integridad moral contemplado en el artículo 173.1 del Código Penal, al no presentar los elementos necesarios para su tipificación.

Según la Fiscalía, los hechos descritos no alcanzan la gravedad requerida para ser considerados un trato degradante o un atentado serio contra la integridad moral de las alumnas. Para que una conducta sea considerada grave, debe ser reiterada y provocar en las víctimas sentimientos intensos de terror, angustia o inferioridad, que les humillen o les causen un daño físico o moral significativo, lo cual no se da en este caso.

Además, se indica que las expresiones denunciadas se dirigieron de forma individual a distintas estudiantes y no se constata que estas conductas fueran reiteradas hacia cada una de ellas.

Aunque estas actitudes pueden ser consideradas inapropiadas, fuera de lugar y moralmente reprochables, especialmente tratándose de un docente con responsabilidad ética, no alcanzan el umbral para ser sancionadas penalmente. Solo los comportamientos más graves y lesivos están sujetos a la represión penal.

La Fiscalía subraya que la escasa gravedad de los hechos, el contexto en que se produjeron y el tiempo transcurrido impiden fundamentar una denuncia por delito contra la integridad moral. No obstante, reconoce el daño y perjuicio que estas conductas pueden causar en el alumnado.

Por último, señala que la autoridad competente debe conocer esta situación de vulnerabilidad y asimetría para restablecer el equilibrio y evitar conductas desafortunadas, impropias e inadecuadas, las cuales podrían corregirse mediante el procedimiento disciplinario universitario que sigue en trámite.

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