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Fachada del Tribunal Constitucional E.P.
El Tribunal Constitucional abordará desde este martes la inconstitucionalidad del segundo estado de alarma

El Tribunal Constitucional abordará desde este martes la inconstitucionalidad del segundo estado de alarma

El Pleno fijado para el 26 de octubre se celebra a pesar de que el proceso para la renovación está en curso tras acordarse los nombres

Domingo, 24 de octubre 2021, 12:23

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El Tribunal Constitucional (TC) ya ha fijado los asuntos que abordará en su próximo pleno, programado para el 26 de octubre. Y si bien coincide con el acuerdo al que han llegado PSOE y PP para su renovación, fuentes del órgano, consultadas por Europa Press, aseveran que el pleno se celebrará.

Si todo sigue su curso, el Pleno tiene sobre la mesa una gran cantidad de asuntos sobre los que debe votar, y el más urgente de todos -aunque sólo sea porque ha ido en repetidas ocasiones al plenario y no ha dado nunca tiempo a tratarlo- es la sentencia relativa al recurso que impulsó Vox sobre la inconstitucionalidad del segundo estado de alarma que decretó el Ejecutivo de Pedro Sánchez.

Previsiblemente el pleno del TC -que puede ser el último para su presidente Juan José González Rivas y para la vicepresidenta Encarnación Roca- lo declarará inconstitucional, según avanzaba ABC, ya que el magistrado ponente Antonio Narváez acogerá en su sentencia dos de los tres principales argumentos del partido de Santiago Abascal contra ese segundo periodo de estado de alarma que arrancó el 25 de octubre de 2020 y que se extendió por seis meses.

De salir adelante, este sería un nuevo revés para el Ejecutivo, que ya en julio vio como el tribunal de garantías declaraba la inconstitucionalidad de algunos aspectos del primer estado de alarma.

En este recurso de inconstitucionalidad, Vox sostenía que el segundo de alarma vulneró los artículos 17, 19, 21 y 25 de la Constitución, relativos a los derechos a la libertad y a la seguridad; a la libre circulación; a la reunión y la manifestación pacíficas; y contra las sanciones administrativas que directa o subsidiariamente impliquen privación de libertad.

Vox denunció como inconstitucional además la decisión del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, de comparecer sólo cada dos meses ante el Pleno de la Cámara para dar cuenta de su evolución. Ese sería uno de los aspectos que acogería el ponente en su resolución dado que se habría dado una falta de control parlamentario al Ejecutivo.

En esta ponencia, previsiblemente el TC dictaminará que para cumplir con la exigencia constitucional de fiscalización del Ejecutivo durante ese periodo de seis meses no fueron suficientes las comparecencias ocasionales que hizo Sánchez en el Congreso, y tampoco aquellas que delegó en el que fuera ministro de Sanidad Salvador Illa, y posteriormente Carolina Darias.

El segundo aspecto que reflejaría esa resolución tiene que ver con el nombramiento de los presidentes autonómicos como autoridad delegada, la denominada como cogobernanza. A juicio de Vox esto generó “un auténtico estado de desconcierto y caos” que abocó a una situación de “inseguridad jurídica” a los ciudadanos.

Cabe recordar que Vox iba contra el Real Decreto de 25 de octubre --por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2--, contra la resolución del Congreso de los Diputados de 29 de octubre de 2020 y contra el Real Decreto 956/2020, de 3 de noviembre, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto de 25 de octubre.

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