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Una 'inoportuna' pregunta de un guardia civil permite librarse de la multa al conductor pillado a 228 km/h

Una 'inoportuna' pregunta de un guardia civil permite librarse de la multa al conductor pillado a 228 km/h

El tribunal anula como prueba las confesiones del acusado al interrogarle si sabía por qué lo habían parado antes de que le leyeran los derechos

Martes, 20 de febrero 2018, 16:19

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"¿Sabe usted por qué le hemos parado?". Por esa pregunta -casi en forma de cortesía- realizada por un agente de la agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, la Audiencia Provincial de Salamanca ha absuelto a Alfredo F. M., el conductor de un Volkswagen Golf que, en junio de 2017, fue cazado por un radar a 228 kilómetros por hora en la autovía A-62 a la altura de Carpio de Azaba.Los hechos ocurrieron en junio del pasado año cuando, pasadas las 18.00 horas, un radar móvil fotografió el vehículo -un Volkswagen Golf- a 228 kilómetros por hora en el kilómetro 338 de la A-62, sentido Burgos. Tras ser detectada la velocidad a la que circulaba, el subsector de Tráfico montó un dispositivo de localización para dar el alto al coche e identificar a su conductor. Sin embargo, no fue hasta alrededor de las 19.30 horas cuando los agentes le dieron el alto en el kilómetro 298 de la autovía, en Martín de Yeltes. Allí escuchó la ya famosa pregunta: "¿Sabe usted por qué le hemos parado?". Según relataron los agentes en el juicio rápido, el conductor contestó entonces que "más o menos", asumiendo que él conducía el vehículo en todo momento e incluso les preguntó por la posible sanción que su exceso de velocidad -108 kilómetros por hora superior al límite- podría acarrearle.Sin embargo, no fue hasta después de esta conversación cuando los agentes detuvieron a Alfredo F. M. como presunto autor de un delito contra la seguridad del tráfico y le informaron de sus derechos. ¡Error! Según la sentencia, a la que ha tenido acceso LA GACETA, los agentes "iniciaron un interrogatorio, una inquisición, una instrucción o búsqueda de la verdad sobre los hechos (€) que la ley obliga a que, ineludiblemente, vaya precedida de la lectura de derechos respecto del investigado". Al no haberse hecho así, el resultado de dicha investigación es nulo, quedando sin efecto la condena de 1.620 euros de multa y dos años de retirada del permiso de conducir que le fue impuesta en un juicio rápido celebrado en agosto.

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