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Jordi Sànchez recurre en el Supremo para poder acudir a su investidura

Jordi Sànchez recurre en el Supremo para poder acudir a su investidura

Impedirle ir al pleno es "una grave restricción de la democracia como valor superior del ordenamiento constitucional", asegura su abogado

EP

Lunes, 12 de marzo 2018, 13:59

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El candidato a la Presidencia de la Generalitat, Jordi Sànchez (JxCat), ha presentado la mañana de este lunes un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para que le permita "a la mayor brevedad posible" un permiso para acudir a su investidura en el Parlament después de la negativa del instructor de la causa contra él, el magistrado Pablo Llarena.En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, Sànchez pide que la petición se tramite con la máxima celeridad posible teniendo en cuenta "la suma excepcionalidad de los intereses en juego": tanto los derechos políticos del candidato a ser investido como los de sus millones de votantes, alega.La defensa de Sànchez puntualiza que, pese a que el pleno de investidura previsto inicialmente para este lunes ha sido aplazado por el presidente del Parlament, Roger Torrent, éste no puede esperar indefinidamente a saber si Sànchez puede acudir al pleno, y asegura que cualquier demora puede suponer una "frustración irremediable".Tras la decisión del viernes de Pablo Llarena, la defensa de Sànchez anunció que presentaría este lunes a las 8.00 horas una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), aunque este domingo se desdijo y explicó que primero recurriría al Supremo, lo que ha hecho la mañana de este lunes.El abogado de Sànchez, Jordi Pina, afirma en dicho recurso que denegar a un parlamentario democráticamente elegido de la posibilidad de acudir al Pleno de investidura al que ha sido propuesto como candidato a presidente "comporta graves lesiones de derechos fundamentales y es una decisión que socava gravemente algunos de los pilares básicos de cualquier sistema constitucional"."CASTIGO ANTICIPADO"Enumera como derechos vulnerados el de participación política y acceso a los cargos públicos, vulneración del derecho a la presunción de inocencia al imponer "un castigo anticipado", el derecho a expresión de opiniones políticas y al pluralismo político porque afirma que se criminalizan ideas.Además, argumenta que la privación del candidato a acudir al pleno supone "una grave restricción de la democracia como valor superior del ordenamiento constitucional español, por cuanto se impide a una cámara parlamentaria designada por sufragio escoger al candidato con más apoyos".

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