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Fórmulas para emprender si te quedas en paro

Fórmulas para emprender si te quedas en paro

La capitalización del subsidio es una fórmula cada vez más utilizada

EP

Miércoles, 11 de marzo 2015, 18:29

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¿QUÉ ES LA CAPITALIZACIÓN DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO?Es una medida para facilitar el autoempleo consistente en recibir, en un pago único, la cuantía de la prestación por desempleo de nivel contributivo para iniciar una actividad como trabajador autónomo o para incorporarse de forma estable como socio trabajador en cooperativas o en sociedades laborales o mercantiles. ¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?Para poder capitalizar el paro debes ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir, al menos, tres mensualidades.No puedes haber hecho uso de la capitalización en los cuatro años inmediatamente anteriores y tienes que acreditar que vas a realizar una actividad como trabajador autónomo o que tu intención es incorporarte como socio trabajador a una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral o mercantil, de nueva creación o en funcionamiento, de forma estable.Tu negocio debe iniciarse en el plazo máximo de un mes desde que te es concedida la capitalización por desempleo y, en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.¿CUÁLES SON LAS OPCIONES SI QUIERES USAR EL PARO PARA HACERTE AUTÓNOMO?Si quieres emplear tu prestación para hacerte autónomo tienes tres posibilidades:1.- Puedes obtener en un solo pago la cantidad que logres justificar como inversión necesaria para iniciar tu actividad, con el límite máximo del 60% del importe de la prestación pendiente de cobro.Este tope desaparece para los hombres menores de 30 años y mujeres de menos de 35, que podrán percibir el 100% de la cuantía para invertir en el negocio. El importe a recibir en un solo pago se calcula en días completos y de él se deduce el relativo al interés legal del dinero. Si no consigues el total de la cuantía de tu prestación en un solo pago, puedes pedir que se utilice el resto de tu prestación para financiar el coste de las cotizaciones mensuales de Seguridad Social durante el desarrollo de tu actividad.2.- Otra posibilidad es solicitar y obtener únicamente la cantidad que justifiques como inversión.3.- Y la tercera opción es pedir y percibir exclusivamente el importe total de la prestación pendiente para sufragar los costes de la Seguridad Social.PERO ¡ATENCIÓN!:Si capitalizas por la modalidad de abono en un solo pago de la prestación y no pides al mismo tiempo que se utilice el resto para subvencionar las cuotas de la Seguridad Social, no podrás hacer esta solicitud con posterioridad.Si sólo pides que la prestación por desempleo te cubra los gastos de Seguridad Social, no podrás acceder después a la capitalización en pago único.¿DÓNDE Y CUÁNDO SE PUEDE PEDIR LA CAPITALIZACIÓN DEL PARO?La solicitud de capitalización del paro puede presentarse de manera conjunta con la solicitud de la prestación contributiva por desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que tengas pendiente de percibir, al menos, tres mensualidades y no se haya iniciado la actividad.Puedes presentar tu solicitud en la página web del Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE, www.sepe.es), en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro público y por correo administrativo.

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