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La Junta convoca las ayudas al alquiler y la rehabilitación de viviendas

La Junta convoca las ayudas al alquiler y la rehabilitación de viviendas

Por un importe de más de 18 millones de euros

Miércoles, 9 de enero 2019, 12:11

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La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha convocado las ayudas al alquiler social y la rehabilitación edificatoria de viviendas. Las principales novedades de este acuerdo de alquiler social son la eliminación del requisito de ingresos mínimos, para llegar a las personas y familias con menos recursos, y el aumento del porcentaje subvencionable de cada recibo al 40 %. Del total de los 18,3 millones de euros, 11,3 millones son para las ayudas al alquiler y el resto para la rehabilitación edificatoria. A su vez, también se convocan las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios, por 344.604 euros, subvencionándose parcialmente los gastos por la emisión del informe profesional.Para ello con el nuevo marco en materia de vivienda se modifican las bases reguladoras de las ayudas al alquiler, dando prioridad a las personas y unidades familiares con menores ingresos, eliminando el umbral de ingresos mínimos, elevando el porcentaje subvencionable de los recibos mensuales y, como medida principal, la posibilidad de complementar más tarde dicho porcentaje con fondos autonómicos.Entre las novedades principales de esta convocatoria está la eliminación del requisito de que los contratos de arrendamiento de vivienda para que pudieran ser subvencionados tenían que estar formalizados con posterioridad al 31 de diciembre de 2010, admitiéndose en esta convocatoria todos los contratos de arrendamiento celebrados por escrito, independientemente de su fecha de formalización.Se elimina también el requisito de que los ingresos de los miembros de la unidad de convivencia sean como mínimo superiores a una vez el IPREM, al igual que ya se hizo en la convocatoria extraordinaria de ayudas por cinco millones resuelta en diciembre de 2015, manteniéndose el límite máximo en 2,5 veces el IPREM, aunque excepcionalmente se podría llegar hasta las 3 veces el IPREM, en función de las disponibilidades presupuestarias y del número de solicitudes presentadas que cumplan con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.Se permiten los cambios de domicilio dentro del territorio de la Comunidad de Castilla y León durante la tramitación de la solicitud y no solo cuando se adquiera la condición de beneficiario. Se aumenta el porcentaje de subvención hasta el 40 % de la renta anual con un límite máximo de 2.400 euros anuales.Además, quienes resulten beneficiarios de estas ayudas podrán recibir un complemento, condicionado a la existencia de disponibilidad presupuestaria y hasta el agotamiento de la misma, por un importe igual a la subvención reconocida, concediéndose en función del criterio de prioridad establecido en la convocatoria. Se establece el período subvencionable de 12 meses comprendiendo desde agosto de 2015 hasta julio de 2016, ambos meses inclusive.Esta convocatoria es incompatible para los que resultaron beneficiarios de las subvenciones destinadas al alquiler de vivienda para el año 2014, porque el período subvencionable de doce meses en ambas convocatorias es coincidente, comprendiendo desde agosto de 2015 hasta julio de 2016, ambos meses inclusive; sin embargo sí que es compatible para los beneficiarios de las subvenciones destinadas al alquiler social, pero sólo para el período comprendido desde octubre de 2015 hasta julio de 2016, porque los meses de agosto y septiembre de 2015 se subvencionaron con la ayuda al alquiler social convocada en septiembre de 2015.Rehabilitación edificatoriaA su vez, la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, bajo el Acuerdo de Diálogo Social sobre las ayudas en materia de rehabilitación edificatoria, ha convocado una línea de ayudas por importe de 7.098.888 euros. El objeto es financiar la ejecución de las obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, así como en los elementos y espacios privativos comunes de los edificios de tipología residencial colectiva situados en Castilla y León. Los beneficiarios son las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios o los propietarios únicos de edificios de viviendas. Las actuaciones en los edificios se dirigirán necesariamente a su conservación, a la mejora de la calidad y sostenibilidad y a la realización de los ajustes en materia de accesibilidad.Los principales requisitos que deben cumplir los edificios son: estar finalizados antes de 1981; al menos el 70 % de su superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial de vivienda; al menos el 70 % de las viviendas deben constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios; y excepcionalmente se aceptarán aquellos que presenten daños estructurales y que tengan íntegramente como destino el alquiler, durante al menos diez años a contar desde la recepción de la ayuda.De esta manera podrán ser subvencionables en primer lugar, las obras de conservación para subsanar deficiencias detectadas por el ‘informe de evaluación del edificio’; en segundo lugar, las obras para la mejora de la calidad y sostenibilidad en los edificios que reduzcan la demanda energética al menos en un 30 %, tales como la mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética; las que permitan la utilización de energías renovables como la solar, biomasa o geotermia; las que permitan una mejora en la eficiencia energética de las instalaciones comunes de ascensores e iluminación, instalación de mecanismos que favorezcan el ahorro de agua; o las que faciliten la recogida y separación de los residuos domésticos. Y en tercer lugar, en materia de accesibilidad, las que adecúen los edificios a la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, instalación de elementos de información o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior.Las solicitudes se presentarán en un plazo de un mes a partir de este miércoles, día 30, de forma presencial o electrónica en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Los criterios de valoración serán, en primer lugar, las que presenten una mayor inversión por vivienda en la mejora de la calidad y la sostenibilidad; en segundo lugar, las que presenten mayor inversión en materia de accesibilidad; y en tercer lugar, en materia de conservación.La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 4.400 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local. El plazo para realizar las obras es de 16 meses desde el inicio de la rehabilitación, ampliable a 18 meses cuando se trate de edificios o actuaciones que afecten a 40 o más viviendas. Estas ayudas no son compatibles con las del programa de fomento y regeneración y renovación urbana.En la convocatoria de 2014 se presentaron un total de 556 solicitudes -10.309 viviendas- y resultaron beneficiados un total de 78 solicitudes -1.158 viviendas- a los que se los concedieron ayudas por importe de 1,8 millones de euros.

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